Declaración Trimestral para Autónomos: Cómo Hacerla y Fechas | tax-down
Ay la declaración trimestral para autónomos ¡Qué asombroso! ¿Pertenece a ese grupo de personas que cuando le mencionan en tu asesoría fiscal tienes que abonar no sé cuántos piensan: que genial, me fascina esto? Lo mismo que yo entonces
Pero nos agrade o no, es necesario presentarlas; no hay alternativa, aunque solo sea porque el no hacerlo es peor. Por esa razón, en este artículo te vamos a detallar cómo operan las más comunes y de esta manera te servirá como referencia.
¿Qué es y para qué se utiliza la declaración trimestral?
Las declaraciones trimestrales son aquellas que los emprendedores y profesionales (así como cualquier clase de negocio en realidad) deben presentar de forma regular con el objetivo de saldar los impuestos correspondientes o de proporcionar cierta información a Hacienda.
Algunas son la herramienta mediante la cual se aportan montos a cuenta de impuestos que se calculan anualmente, como por ejemplo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre Sociedades.
Con otras se abonan los montos que se deducen a terceros, como pueden ser los empleados o los dueños de locales alquilados. También están las que se emplean para proporcionar información requerida para la Administración y, como no, las particulares para el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Sin embargo, no todos los trabajadores autónomos tienen la obligación de presentar las mismas declaraciones: la categoría de actividad que desarrollas y, en este contexto, si realizas o no ciertos tipos de operaciones será lo que defina la necesidad de presentar unas o otras.
Lo que debes recordar con claridad es que todas son indispensables. Es decir, si tu actividad implica la necesidad de presentar ciertas declaraciones, debes cumplir con ella sí o sí y, adicionalmente, dentro de los plazos que la legislación determina.
Ojo con esto, porque no hacerlo implica el devengo de las sanciones, recargos e intereses que correspondan.
¿Cuándo se presenta?
Como su nombre lo sugiere, las declaraciones trimestrales incluyen un intervalo de 3 meses y su fecha de presentación es la siguiente:
- Primer trimestre, que abarca los meses de enero, febrero y marzo, se exhibe del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre, que abarca los meses de abril, mayo y junio, se entrega del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre, que corresponde a los meses de julio, agosto y septiembre, se presenta del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre, que abarca los meses de octubre, noviembre y diciembre, se muestra del 1 al 20 (o el 30 en ciertas ocasiones) de enero del año posterior.
Respecto a estos plazos, se debe considerar lo siguiente:
- Si el último día del plazo es festivo se extiende al día siguiente.
- Si se opta por domiciliar en cuenta bancaria el abono de las sumas que surjan, el periodo de entrega finaliza 5 días antes de los señalados.
Como se mencionó anteriormente, la entrega de cualquier declaración fuera de los plazos fijados (o su no entrega de manera directa) resultará en la imposición de las sanciones, recargos e intereses que sean aplicables.
Informes trimestrales que deberás presentar como autónomo
Lamentablemente, no resulta tan sencillo como presentar un solo modelo, así que te explicaremos de forma clara en qué consisten los variados modelos trimestrales que debes presentar:
Modelos IRPF
Aunque el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un impuesto de naturaleza anual, los autónomos tienen la obligación de presentar cada tres meses un pago anticipado del mismo.
Funciona de esta manera: las sumas que se vayan abonando en cada trimestre se deducirán del resultado de la declaración que corresponde a ese año, pero que se presenta al siguiente.
Por ejemplo:
Supongamos que la suma de tus pagos a cuenta trimestrales asciende a 3.000 euros y que en junio de 2023 tu declaración del impuesto sobre la renta muestra una base imponible (tras aplicar las deducciones) de 5.000 euros a saldar.
Dado que a esta suma se le deben restar las retenciones y los anticipos, el monto que realmente tendrás que ingresar será 2.000 euros: 5.000 3.000.
Si el importe total de la declaración fuese de 1.800 euros, el resultado final sería de 1
.200 euros a devolver: 1.800 3.000.
Y, finalmente, si la cuota total de la declaración fuera de -400 a devolver, el monto total a reembolsar sería de -3.400 euros: -400 3.000.
Lo esencial en este caso es entender que, en realidad, solo estás anticipando una fracción de un impuesto que se calculará más adelante y que, por esta razón, lo que ya has abonado no se pierde, ya sea porque pagas menos en su momento o porque te lo reembolsan.
Así que, en esta línea, hay dos declaraciones trimestrales distintas que son el modelo 130 y el modelo 131.
Modelo 130
Se aplica a los autónomos que estén bajo el régimen de estimación directa, ya sea en su forma normal o en la simplificada; sin embargo, si este es tu caso, no tendrás la obligación de presentarlo cuando lleves a cabo una actividad profesional (no empresarial) en la que más del 70% de tus ingresos estén sujetos a retención.
A través de este modelo se reporta a Hacienda el 20% de la ganancia que tu actividad haya producido hasta el último día del trimestre, por lo tanto, en él los datos que se muestran son acumulativos. En otras palabras, el primer trimestre incluye los datos desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, el segundo abarca del 1 de enero al 30 de junio, y así sucesivamente.
Fundamentalmente incluye el monto total de ingresos, el de gastos y el resultado, al que se le hace la deducción del 20% que mencioné. De esta cifra se sustraen las retenciones y los pagos a cuenta que se han presentado en las liquidaciones anteriores, obteniendo así la cantidad a abonar.
Es posible que no debas abonar nada por dos razones: ya sea porque hayas incurrido en pérdidas o porque las retenciones y pagos efectuados superen el 20% de las ganancias. No obstante, a pesar de que el modelo sea negativo, es necesario presentarlo. Lo que no se puede hacer es solicitar la devolución de lo que se ha pagado en exceso (esto se llevará a cabo en la declaración de la renta si aplica y ya con los resultados finales).
Modelo 131
Es el que deben presentar los autónomos que determinen su rendimiento a través del método de estimación objetiva (módulos).
Siempre se obtiene un importe a pagar que se determina de la siguiente manera: se calcula el módulo conforme a los datos básicos al 1 de enero y al rendimiento logrado se le aplica el porcentaje establecido por la ley, el cual varía según la cantidad de trabajadores.
Los 4 trimestres son equivalentes y su monto se descontará de la cuota total de la declaración de la renta (al igual que en el caso del modelo 130).
Aparte de los pagos anticipados del IRPF, existen las declaraciones mediante las cuales se depositan las sumas que el autónomo ha retenido a terceros debido a una obligación legal. Los modelos más frecuentes son el modelo 111 y el modelo 115:
Modelo 111
Si cuentas con empleados en tu compañía, deberás retener un porcentaje de su salario por concepto de IRPF. Este monto fluctúa de acuerdo a sus situaciones personales, la cantidad del salario, entre otros factores.
Sucede lo mismo cuando abonas la factura de un profesional o la de ciertos emprendedores (de estos últimos en muy contadas ocasiones): que les retienes un porcentaje correspondiente a su IRPF.
Así que, estas sumas que has conservado con el único propósito de depositarlas en Hacienda en nombre del titular se trasladan a favor del Tesoro Público a través del modelo 111.
Asimismo, se abordan las retenciones efectuadas por las actividades agrícolas, pecuarias y forestales, ciertas ganancias patrimoniales, las actividades en estimación objetiva que establece la ley, los premios y sorteos, así como la propiedad intelectual, entre otros.
M
odelo 115
En este caso, el concepto se mantiene igual que en el modelo 111, pero el modelo 115 se limita a incluir únicamente las retenciones relacionadas con el arrendamiento de bienes inmuebles.
Por lo tanto, si posees una oficina o un establecimiento comercial como inquilino, tendrás que deducir un 19% de la renta al momento de abonar la factura y deberás presentar este ingreso de manera trimestral con esta declaración.
Es bastante fácil de llenar porque en él solo figuran el número de arrendadores, la cantidad del arrendamiento y la retención a abonar.
Modelos IVA
En relación al Impuesto sobre el Valor Añadido, los formularios más comunes son los tres siguientes:
Modelo 303
Es la declaración mediante la cual tanto los trabajadores autónomos como las sociedades y otras entidades efectúan la liquidación del IVA, incluyendo aquellas que son consideradas Gran Empresa y tienen la obligación de presentarla mensualmente.
Su resultado puede ser cero, a pagar o a compensar. En esta última circunstancia, el contribuyente posee un crédito ante Hacienda que podrá utilizar en las liquidaciones venideras y únicamente en la del cuarto trimestre podrá, si lo prefiere, pedir su reembolso.
Modelo 309
Es una declaración específica que únicamente se presenta cuando a lo largo del trimestre ocurre uno de los acontecimientos que la justifican y que son sumamente concretos, como pueden ser compras intracomunitarias por autónomos bajo el régimen de recargo de equivalencia, asignaciones en procesos de ejecución forzosa, ciertos casos de inversión del sujeto pasivo, etc.
Modelo 349
El modelo 349 se denomina Declaración resumen de operaciones intracomunitarias y debe presentarse específicamente cuando efectúes este tipo de transacciones: compras o ventas de bienes o servicios con otro país miembro de la Comunidad Europea.
Consiste en un informe únicamente informativo en el que se registran el nombre y el NIF intracomunitario del cliente o proveedor, su país de residencia y el monto de las transacciones efectuadas a lo largo del trimestre.
Es tan necesaria como cualquier otra, aunque nunca aparece en cero: únicamente en los lapsos en los que hayas realizado ese tipo de transacciones.
Formulario 202 Impuesto sobre Sociedades
El modelo 202 es al Impuesto sobre Sociedades lo que los modelos 130 o 131 son al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de un anticipo de la declaración final que se liquidará posteriormente.
Solo se manifiesta si se realiza un pago y para determinarlo se utilizan dos métodos de cálculo: ya sea aplicando un porcentaje a la cuota total del último Impuesto de Sociedades presentado, o bien sobre el resultado de la empresa hasta el cierre del período que abarca la declaración. La elección de uno u otro método debe mantenerse a lo largo de todo el ejercicio.
Solo se exhiben 3 modelos 202 anualmente y las fechas de exhibición son:
- 20 de abril
- 20 de octubre
- 20 de diciembre
Es mejor que confíes tu declaración trimestral a expertos.
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