Cuándo es el Segundo Pago a Hacienda en 2025 | tax-down
En resumen, ¿qué significa gerundio?
El segundo abono de la renta de 2025, que corresponde al 40% que falta, debe efectuarse antes del 5 de noviembre. En caso de no realizar el pago en la fecha establecida, Hacienda impondrá recargos de hasta el 20%. Puedes realizar el pago en línea, en la entidad bancaria o directamente en Hacienda. Si careces de liquidez, es factible solicitar una prórroga de hasta 12 meses.
El segundo pago de la renta será próximo 5 de noviembre de 2025, más de 4 millones de obligados tributarios tendrán que afrontar este retraso, que corresponde al 40% restante del total del IRPF a liquidar. Si seleccionaste dividir el pago de la renta, este segundo plazo es obligatorio, siendo el 70% de los declarantes quienes eligen esta alternativa para no abonar todo de una vez antes del 1 de julio.
Este desarrollo residencial brinda cierta flexibilidad, pero si no cuentas con fondos suficientes para efectuar el pago, ¡cuidado! Hacienda ha dispuesto penalizaciones para quienes no satisfagan esta obligación.
¿Cómo se abona el segundo plazo del IRPF?
Si decidiste domiciliar el segundo pago en tu cuenta de banco, no deberás inquietarte, puesto que Hacienda se ocupará de deducirlo de manera automática. Eso sí, asegúrate de tener saldo suficiente en tu cuenta para prevenir inconvenientes.
Si no realizaste el domiciliado, tienes tres alternativas para efectuar el ingreso:
- Pago online mediante el sitio de la Agencia Tributaria con el modelo 102.
- Pago presencial en tu institución financiera o entidad asociada.
- En persona dentro de una oficina de Impuestos
¿Qué sucede si no realizas el segundo pago en la fecha establecida?
Si demoras en realizar el pago, Hacienda no mostrará clemencia. Según el período que tardes en saldar la deuda, las penalizaciones pueden incrementarse de manera significativa. A continuación, te presento los escenarios posibles:
- Recargo del 5% si realizas el pago poco después del 5 de noviembre, pero antes de obtener una notificación por parte de Hacienda.
- Recargo del 10% si efectúas el pago después de recibir una notificación oficial de la Agencia Tributaria.
- Recargo del 20% si continúas sin realizar el pago tras la notificación. Asimismo, se incorporará un interés de demora del 3,75%
Opción de deferimiento
Si el 5 de noviembre te encuentra sin fondos para afrontar el pago, puedes pedir un aplazamiento de hasta 12 meses. Claro, este procedimiento no es automático. Deberás justificar tu estado financiero y la Agencia Tributaria determinará si acepta o rechaza la solicitud. En todo caso, deberás pagar los intereses de demora correspondientes.
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