Cómo se Incluyen los Solares y Fincas Rústicas en la Renta [2025] | tax-down
En este artículo, abordaremos todas las inquietudes relacionadas con cómo declarar solares y fincas rústicas en la declaración de la renta. Pero, ¿qué implica realmente este concepto? Pues bien, llamamos finca rústica a aquel terreno que puede ser aprovechado por los dueños, siempre que lo utilicen de manera responsable y eficaz, cuidando tanto su preservación como los beneficios que la finca rústica puede ofrecer con el paso del tiempo. De este modo, se pueden asignar tres finalidades: agrícola, ganadera y cinegética.
Al encontrarse rodeado de diversos factores, puede aparentar ser un asunto complicado, ¡pero nosotros lo simplificaremos para ti, amigo! ¡Tal como siempre hemos hecho con todo lo vinculado a impuestos e IRPF!
Claro, dejemos de charlar, ¡manos a la obra!
Cómo se gravan los terrenos rústicos en el impuesto sobre la renta
Si la primera duda que complica tu tiempo de descanso es: ¿las propiedades rústicas tienen obligación fiscal en la renta? La contestación es afirmativa, están sometidas a IRPF y, por lo tanto, debes incluir estas propiedades en tu declaración de la renta. ¡Para variar!
Específicamente, la Agencia Tributaria determina ciertos parámetros a tener en cuenta para incluir estas propiedades en la declaración de la renta:
- Si las transferencias realizadas a lo largo del año se enfocan únicamente en propiedades rurales, se determinará el aumento o la reducción de patrimonio de manera individual para cada uno de los terrenos rurales.
- En caso de que las transmisiones estén enfocadas exclusivamente en explotaciones agrícolas, se establecerán de manera independiente los ingresos generados por cada uno de los componentes que las conformen.
Otro aspecto que no debes pasar por alto es el lugar de tu terreno rústico en la declaración de la renta: específicamente, estas propiedades debes incluirlas en la sección de pérdidas y ganancias patrimoniales.
¿Cuánto debes abonar si has comercializado un terreno agrícola?
Si tras un periodo optaras por comercializar tu parcela rural para obtener algunos euros, ¡deberías! incluirlo en tu declaración de la renta al tratarse de un elemento patrimonial¡Eso sí, solo en el supuesto de que sea una utilidad patrimonial! En otras palabras, deberás pagar la tasa pertinente de IRPF cuando el precio de venta sobrepase al precio de adquisición.
¿Intranquilo por no saber cómo incluirlo en tu declaración de IRPF? ¡No te angusties! ¡Es muy fácil! El procedimiento es el mismo que cuando estás declarando la venta de una propiedad:
- Primero tendrás que sacar la calculadora del cajón para realizar la siguiente operación: al precio de venta debes descontar los costos e impuestos asociados, tales como la comisión de la agencia inmobiliaria y la plusvalía municipal. De este modo, obtendrás el valor de transmisión.
El próximo paso es encontrar el valor de adquisición, por lo que deberás añadir al costo de la adquisición, todas las erogaciones que hayas realizado para optimizar tu inmueble. Y, desde luego, ¡las deducciones a las que estés habilitado! Hombre, ¡sería lo menos!
Una vez que cuentes con ambos montos, al valor de transmisión deberás sustraer el valor de adquisición. ¡Y listo! ¡Habrá sido encontrado el ganancia patrimonial¡Este es el número que es relevante para declarar la venta de tu propiedad rústica en la declaración del impuesto sobre la renta!
- A continuación, ingresarás a RentaWEB y, en la sección de tu Renta, localizarás el apartado Ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Conforme a la información que posees, es necesario modificar tanto la casilla 817 como todas las que afecten tu propiedad y que se encuentren entre las casillas 815 y 843.
- No te olvides de verificar que todo esté bien.
¿Requieres un apoyo fiscal que te oriente durante este procedimiento? Con lo alto que están los costos de las asesorías ¡estarás pensando en una factura que te cueste un ojo de la cara! ¡No te aceleres tanto, compañero! En TaxDown hallarás la asistencia fiscal de excelencia, ¡a un precio reducido¡Asimismo, ¡nos dedicamos a encontrar las opciones más eficientes para tus gestiones! Para que jamás debas abonar de más a la Hacienda y puedas destinar ese dinero a realizar las vacaciones que siempre has deseado ;).

No es necesario declarar los solares.
La respuesta varía considerablemente si comenzamos a discutir sobre terrenos solares, porque ¡Los solares no están sujetos a impuestos¡Pero no olvides! Para que disfruten de este beneficio no deben tener ningún tipo de construcción, ni urbana ni agrícola. De esta manera, los terrenos no producen ingresos y, por lo tanto, no tributan en renta.
Un verdadero desahogo, ¿cierto?
¡Pero no celebres la victoria aún! Hay otro tipo de construcciones, como las piscinas o las instalaciones deportivas, que, al no satisfacer los requisitos indispensables para ser catalogados como garajes o trasteros, deben ser incluidos en la declaración fiscal. ¡A excepción de una situación! Cuando han sido comprados junto a la residencia habitual. ¡En ese caso, no olvides incluirlos en tu declaración de IRPF!
¿Y si lo he vendido?
¿Tienes ganas de vender tu parcela pero no sabes cómo actuar sin tener complicaciones con Hacienda? ¡Estás en el lugar indicado, amigo!
El concepto central se enfoca en la siguiente cuestión: ¿deberías considerar tu terreno como una ganancia de capital o como el ingreso de una actividad económica? ¡Atención! ¡El enfoque para actuar es bastante diferente según el escenario! El hecho de que las acciones se ejecuten en el contexto de tus actividades personales o que tengan un enfoque profesional, no solo altera la forma en que tributarán, sino también qué deducciones o ventajas fiscales podrían aplicarse.
Por un lado, si participas en la urbanización o promoción de propiedades del terreno, Hacienda valorará que estás realizando una actividad económica. Así, la suma de dinero obtenida de la venta del terreno será categorizada como ingreso de la actividad económica y estará sujeta a la legislación tributaria del Impuesto sobre Sociedades.
Por otra parte, si no estás llevando a cabo una actividad económica y únicamente haces uso del terreno con fines personales, el dinero que recibas por la venta del terreno se considerará como una ganancia o pérdida patrimonial. Así, la Agencia Tributaria tomará en cuenta la operación de tu terreno como un aumento o disminución de tu patrimonio y deberás aplicar las normas fiscales que rigen este tipo de beneficios o pérdidas.

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