Estas son las Deducciones por Alquiler de cada Autonomía | tax-down
Alquilar una vivienda puede resultar en un considerable ahorro de dinero. Aunque las deducciones estatales relacionadas con la compra y el alquiler de la vivienda habitual han sido eliminadas, salvo para los contratos firmados antes de 2015, varias comunidades autónomas han establecido sus propias deducciones al alquiler de vivienda, que son compatibles con esta deducción general, con el objetivo de proporcionar un incentivo fiscal a quienes opten por vivir en alquiler.
¿Cómo se puede deducir el alquiler en la declaración?
Al igual que en años anteriores en la declaración de la Renta, hay dos categorías de deducciones: las estatales y las autonómicas. No obstante, el borrador de la Renta Web no incluye todas las deducciones autonómicas a las que puedes acceder. De acuerdo con la información que recopilamos durante la Campaña de la Renta 2018, los ciudadanos españoles dejan de recibir un promedio de 234€ en deducciones que no se aplican.
Con respecto al alquiler sucede lo mismo. A nivel nacional, la deducción por el alquiler de la vivienda solo es válida para aquellos contratos suscritos antes del 1 de enero de 2015 y que, además, tengan una base imponible inferior a 24.107,20 euros, tanto en el caso de tributación individual como en la declaración conjunta. Los contribuyentes que cumplan con estos requisitos podrán deducirse el 10,05% del importe de su alquiler.
Deducciones de arrendamiento por comunidad autónoma
Respecto a las deducciones autonómicas, son numerosas las comunidades que permiten la opción de desgravarse una porción del importe de su arrendamiento. En este sentido, cada administración determina sus propios criterios y montos. A continuación, se presenta un resumen de las deducciones para el alquiler de la vivienda en algunas comunidades autónomas:
Andalucía
Los contribuyentes que tengan menos de 35 años podrán deducir el 15% por el arrendamiento de su hogar habitual, con un tope de 500€ al año.
Aragón
En esta comunidad, la deducción por alquiler se aplica exclusivamente al arrendamiento de la residencia habitual asociado a ciertas operaciones de dación en pago, por lo que los contribuyentes podrán deducir un 10% del monto, con un límite de 4.800 euros anuales. Asimismo, también hay una deducción por arrendamiento de vivienda social destinada al arrendatario.
Asturias
En Asturias, los contribuyentes tendrán la posibilidad de deducir el 10% del importe de su alquiler, con un tope de 455€, sin embargo, si el inmueble está situado en una zona rural, el porcentaje de deducción se eleva al 15% con un límite de 606€.
Baleares
En esta comunidad, la deducción relacionada con el alquiler está dirigida a facilitar el acceso a la vivienda para ciertos grupos: personas menores de 36 años, contribuyentes que presenten una discapacidad física o sensorial del 65%, contribuyentes con una discapacidad psíquica del 33% y aquellos padres que tengan hijos bajo su patria potestad y que pertenezcan a una familia numerosa. En tal situación, la deducción ascenderá al 15% del alquiler, con un límite de 400 euros al año.
Asimismo, hay una deducción por el alquiler de propiedades destinadas a residencia para quienes permanezcan al menos un año en esa vivienda. Los contribuyentes podrán deducir hasta un 75% con un tope de 400 euros al año, además de otra deducción por el alquiler de vivienda debido a un traslado temporal a otro municipio del archipiélago, que es del 15% con un límite de 400 euros.
Canarias
Los contribuyentes de Canarias podrán restar el 15% del importe de su alquiler, con un límite de 600 euros al año.
Asimismo, hay otra deducción relacionada con ciertas transacciones de dación en pago, que permite a los contribuyentes deducir el 25% de las sumas abonadas, con un límite de 1.200 euros.
Cantabria
En Cantabria se podrá desgravarse el 10% de su renta de arrendamiento, con un tope de 300 euros al año (600 si se realiza una declaración conjunta), para los contribuyentes que sean menores de 35 años, mayores de 65 años y aquellos que presenten un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial de al menos el 65%.
Castilla-La Mancha
Los contribuyentes de Castilla-La Mancha que tengan menos de 36 años podrán deducir el 15% de la suma anual de su alquiler, con un límite de 450 euros, y hasta un 20% con un máximo de 612 euros si su residencia habitual está en un municipio con menos de 2.500 habitantes o de hasta 10.000 habitantes si la vivienda se localiza a más de 30 km de una ciudad con más de 50.000 habitantes.
Castilla y León
Los residentes con menos de 36 años en esta localidad podrán restar el 20% de su renta con un tope de 459 euros y el 25% con un tope de 612 euros si la residencia principal está ubicada en un municipio con menos de 10.000 residentes o de 3.000 si se hallan a menos de 30 km de su provincia.
Cataluña
Los contribuyentes de Cataluña podrán descontar el 10% del total de su arrendamiento, con un límite de 300 euros al año, siempre que cumplan con alguno de los siguientes criterios: tener hasta 32 años, haber permanecido desempleado durante 183 días o más, poseer un grado de discapacidad del 65% o más, ser viudo y tener más de 75 años.
Extremadura
En Extremadura, la proporción es del 5% respecto al concepto de alquiler, con un límite de 300 euros al año y hasta 400 euros si la vivienda está ubicada en una zona rural, siempre que el contribuyente cumpla alguna de las siguientes condiciones: ser menor de 36 años, pertenecer a una familia numerosa o tener una discapacidad física, psíquica o sensorial de un mínimo del 65%.
Galicia
Los contribuyentes gallegos de 35 años o menos podrán deducir el 10% de su alquiler, con un tope de 300 euros, o hasta un 20% con un límite de 600 euros, si cuentan con dos o más hijos menores. Estas cifras se incrementarán al doble si presentan un grado de discapacidad de al menos un 33%.
Madrid
En Madrid se cuenta con una deducción del 30%, con un tope de 1000 euros si el contribuyente tiene menos de 35 años o está entre 35 y 40 años y se encuentra en estado de desempleo.
La Rioja
Los contribuyentes podrán restar 100 euros al año de las viviendas que alquilen mediante la bolsa de alquiler del Gobierno de La Rioja.
Comunidad Valenciana
En la Comunidad Valenciana hay dos clases de deducciones por alquiler, una relacionada con el arrendamiento de la vivienda habitual que oscila entre el 15%, con un tope de 550 euros, hasta el 25% con un límite de 850 euros, y otra deducción asociada al alquiler de viviendas para actividades en otro municipio, por la cual se permite deducir el 10% del alquiler anual con un límite de 204 euros.
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