¿Modelo 036 o 037? Te explicamos las diferencias | tax-down
Los trabajadores por cuenta propia que deseen afrontar el reto de establecer su nuevo emprendimiento deberán completar una serie de documentos requeridos para su funcionamiento. Entre ellos se encuentran los formularios 036 y 037. En este artículo os explicamos en qué consisten y cuáles son las diferencias entre el modelo 036 y el modelo 037.
Lo primero es lo fundamental, ¿cuál es la función de cada modelo?
Primero detallaremos cada uno por separado. El modelo 036 es el archivo en el que mostramos los datos censales de la compañía a la Agencia Tributaria. En otras palabras, se utiliza para registrarse en el régimen general. Está orientado a las personas físicas (nuevos autónomos) y a las jurídicas (sociedades).
Se incorpora información para, por un lado, registrarnos en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, y por otro, para pedir nuestro número de identificación fiscal (NIF).
Los profesionales que deberán apelar a este modelo son:
- Nuevos trabajadores autónomos/empresarios que inicien una actividad económica en el territorio español.
- Quienes cuenten con ingresos sujetos a retención de IRPF, o que efectúen adquisiciones/ventas de bienes intracomunitarios sometidos al IVA, ya sean empresarios/autónomos o no.
- Empresarios/autónomos que ofrezcan servicios a empresas situadas en áreas donde no se aplica el IVA.
- Quienes proporcionen servicios fuera de la zona en la que se aplica el IVA.
- Empresarios/autónomos que no vivan en España, pero que realicen actividades dentro de este país.
- Miembros y participantes de organizaciones con asignación de ingresos que poseen responsabilidades fiscales.
- Sujetos pasivos que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del IVA, a menos que hayan sido liberados del cumplimiento de obligaciones censales.
- Los empresarios/autónomos que no cuenten con NIF.
Por otro lado, el modelo 037 es un modelo de declaración censal simplificado. En otras palabras, será empleado por aquellos que deseen integrarse en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, siempre que cumplan con ciertos criterios. Estos son:
- Los individuos que residen en España y posean un NIF.
- No pueden ser compañías grandes y no pueden operar a través de representantes.
- El domicilio fiscal debe coincidir con el de la administración de la gestión.
- No pueden ser parte de regímenes especiales del IVA, salvo el simplificado, el régimen especial de agricultura, ganadería, pesca o el recargo de equivalencia.
- No pueden aparecer en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA.
- No tienen la capacidad de llevar a cabo ninguna compra intracomunitaria de bienes que no estén gravados con IVA.
- No tienen la posibilidad de realizar ventas a distancia.
- No podrán ser contribuyentes de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
- Asimismo, no son capaces de cumplir con los rendimientos de capital mobiliario.
Y te interrogarás, si los dos modelos son útiles para lo mismo, ¿qué diferencias hay entre uno y otro? Os explicamos.

Diferencias clave entre el modelo 036 y el modelo 037.
- La diferencia fundamental es que un modelo es más completo que el otro. El 036 abarca todas las modalidades de actividades que se pueden llevar a cabo. Por otro lado, el 037 no es aplicable en todos los escenarios y es un formato simplificado.
- En este contexto, un modelo (036) cuenta con unas 20 páginas, en cambio el otro posee 7.
- El modelo 037 solo se aplica a autónomos, en tanto que el 036 está destinado a individuos y entidades legales.
- En el caso de que tu actividad se restringe a España y no existe ningún régimen especial, con el 037 será suficiente. No obstante, si llevamos a cabo ventas a distancia, aspiramos a crear una gran empresa y realizar operaciones con otros países, el modelo 036 resulta más adecuado.
¿Tienen alguna utilidad adicional además de registrarse?
La respuesta breve es sí. Aparte de funcionar como una petición para inscribirse en una actividad, también sirven para informar a Hacienda sobre modificaciones, en caso de que nuestros datos identificativos varíen. Por ejemplo, cuando una empresa se traslada y cambia su domicilio fiscal.
Es relevante esto, puesto que en la situación de modificar cualquier información relacionada con la actividad, debe comunicarse a la Administración lo antes posible. Esto se realiza en el modelo en el que nos hemos registrado.
Asimismo, no solo es útil para registrarse, también nos sirve para pedir la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Por lo tanto, si ya tienes tu actividad realizada y deseas cancelar tu inscripción, también necesitarás utilizar estos modelos correspondientes.

Descárgalos aquí.
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