Todas las claves sobre la jubilación de autónomos | tax-down
¿Te gustaría conocer cómo está la jubilación si eres autónomo? Así que te damos la bienvenida, ya que en este artículo te lo vamos a detallar para que lo tengas no solo claro, sino completamente transparente. Continúa leyendo y verás que al finalizar no tendrás dudas sobre temas como, por ejemplo, cuándo puedes retirarte, cuánto recibirás de pensión o qué implica la jubilación activa.
Cómo opera la jubilación para trabajadores autónomos
En términos generales, la jubilación para los autónomos opera de forma bastante parecida a la de los empleados por cuenta ajena. Y, aunque existen discrepancias entre los dos sistemas, el enfoque fundamental que se utiliza es el mismo:
Al alcanzar una cierta edad, es posible cesar en la actividad laboral y recibir una pensión pública, y el monto de esta dependerá de dos factores:
- El número de años que hayan sido reportados a la seguridad social
- Y la base de cotización, cuál es el monto que ha sido utilizado para determinar las cuotas abonadas.
Estadísticamente, en España, la mayoría de los trabajadores autónomos jubilados perciben pensiones significativamente inferiores a las de aquellos que han trabajado en empresas. La razón es que hasta el 31 de diciembre de 2022, los autónomos tenían la opción de seleccionar su base de cotización, y la gran parte elegía la mínima.
Esta era la manera de que el importe a abonar a la seguridad social fuera lo más reducido posible. (rondaba los 300 euros), porque se determina aplicando un porcentaje sobre la base correspondiente. Sin embargo, si aportas menos, contribuyes por menos y las prestaciones que recibes posteriormente también son menores.
Con la modificación que se ha llevado a cabo en 2023 y que establece que la cotización para autónomos se realiza en base a los ingresos reales generados, ya no es posible seleccionar la base para calcular la cuota, sino que se aporta de acuerdo a las ganancias, de la misma manera que ocurre con los empleados por cuenta ajena.
Ahora bien, hasta que se pueda observar el impacto de este incremento en la base de cotización promedio en las pensiones, hará falta esperar varios años.

¿A qué edad podrás retirarte?
La edad en la que podrás comenzar a percibir una pensión de jubilación como trabajador autónomo dependerá del tiempo total que hayas contribuido a lo largo de tu vida laboral y se sitúa entre:
- 67 años
- 65 años cuando se reconozcan 38 años y 6 meses de aportes.
Este sistema entró en vigor en 2013 y su aplicación es gradual, concluyendo en 2027. Esto significa que conforme el año de retiro se aproxime a 2027.
- Se requerirá un tiempo de cotización más extenso para poder iniciar el cobro de la pensión a los 65 años, siendo el límite los 38 años y 6 meses mencionados.
- Se requerirá una edad mayor en situaciones en las que no se complete el período de cotización solicitado, siendo la máxima 67 años.
La tabla que se deberá utilizar es la siguiente:
Año | Período cotizado | Edad Exigida |
---|---|---|
2023 | 37 años y 9 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | |
2024 | 38 o más años | 65 años |
Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 38 meses y 6 meses | 67 años |
¿Te parece un poco confusa? Con los ejemplos siguientes comprenderás a la perfección su funcionamiento:
Imagínate que reflexionas jubilarte en 2023. Podrás hacerlo:
- Si cuentas con 65 años y has contribuido al sistema durante al menos 37 años y 9 meses.
- Y si no has alcanzado ese lapso de cotización, necesitas tener 66 años y 4 meses.
Para jubilarte en 2026 deberás encontrarte en alguna de las siguientes circunstancias:
- Contar con 65 años y haber contribuido un mínimo de 38 años y 3 meses
- Y si no posees ese tiempo de cotización, debes tener 66 años y 10 meses.
¿Es posible que te jubiles en 2026 si has alcanzado 66 años y cuentas con 37 años de aportes? No, ya que si no has contribuido durante 38 años y 3 meses o más, no podrás jubilarte hasta cumplir 66 años y 4 meses.
Como puedes observar, intervienen dos elementos: la edad y el período mínimo de cotización. La regulación incluye igualmente la opción de la jubilación anticipada a la que podrás acceder una vez que cumplas con ciertos requisitos, así como la posibilidad de comenzar a percibir la pensión y continuar laborando. Ambos aspectos los abordaremos más adelante.

Tiempo mínimo de aporte
Para poder recibir una pensión de jubilación, has tenido que haber cotizado, como mínimo, durante 15 años. Y además, 2 de ellos deben haber ocurrido en los 15 años previos inmediatos a adquirir el derecho a la prestación. Si no cumples con estos dos criterios, no podrás recibir una pensión de jubilación a pesar de haber superado los 67 años.
¿Cuánto recibirás de pensión?
Y la cuestión crucial: ¿cuánto recibe un autónomo de pensión al jubilarse? Pues varía.
La cantidad de la pensión cambiará según la base de cotización acerca de la cual hayas abonado tu cuota de autónomos y la cantidad de años que has cotizado.
En este contexto, existen diferentes conceptos fundamentales que son relevantes al momento de determinar la pensión del trabajador autónomo:
El monto se calcula a partir de la base reguladora, que se obtiene al sumar las bases de cotización de los últimos 300 meses y dividiendo el total entre 350.
En otras palabras, cuando nos referimos a cobrar el 100% nos estamos hablando de recibir un monto equivalente a la base reguladora (su 100%), que es inferior a la base de cotización.
Para recibir una pensión equivalente al 100% de la base reguladora es imprescindible haber contribuido al menos:
- A lo largo de 36,5 años, si decides retirarte entre 2023 y 2026.
- A lo largo de 37 años, si decides retirarte a partir de 2027.
A partir de esto ya puedes determinar el monto de tu propia. pensión de jubilación de la manera que te detallo a continuación.
Cómo determinar la pensión siendo trabajador autónomo
El procedimiento para calcular la pensión del trabajador autónomo se lleva a cabo de la siguiente forma:
La valoración de los primeros 15 años otorga el derecho a recibir el 50% de la base reguladora. Ten presente que debes haber cotizado al menos 15 años (2 de ellos en los 15 años previos a la solicitud de la prestación) para poder retirarte.
Cada mes extra de cotización más allá de esos 15 años implica incorporar un porcentaje conforme a la siguiente tabla:
Año de jubilación | Primeros 15 años | % Base regulad ora | Meses adicionales a 15 años | Coeficiente | % | Años adicionales a los primeros 15 | Total años | Importe pensión |
2023 a 2026 | 15 | 50% | 1 al 49 | 0,21 | ||||
15 | 50% | 209 restante s | 0,19 | |||||
15 | 50 % | Total 258 meses | 50% | 21,5 | 36,5 | 100% | ||
2027 en adelante | 15 | 50% | 1 al 248 | 0,19 | ||||
16 restantes | 0,18 | |||||||
Total 264 meses | 50% | 22 | 37 | 100% |
Como puedes observar, el monto definitivo de la pensión a recibir dependerá de 50% de la base reguladora, que se relaciona con 15 años de aportaciones, y aumentará de forma gradual según los meses adicionales de aportación hasta alcanzar el 100% si has contribuido durante 37 años (o 36,5 si te retiras entre 2023 y 2026).
Con el ejemplo siguiente lo entenderás mejor:
Soy trabajadora independiente y en 2025 podré optar por la pensión de jubilación con la edad necesaria de 66 años y 8 meses. En ese momento, he contribuido a la seguridad social por 35 años y mi base reguladora (que se obtiene al dividir la base de cotización de los últimos 300 meses entre 350) se sitúa en 1.000 euros.
El cálculo que se debe hacer es el siguiente:
- Durante los primeros 15 años me corresponde el 50% de la base de cotización.
- Durante los próximos 20 años:
49 meses x 0,21 = 10,29%
191 meses x 0,19 = 36,29%
Porcentaje total: 50% + 10,29% + 36,29% = 96,58%
El monto de mi pensión sería, por lo tanto, de 965,80 euros al mes (1.000 x 96,58%)

¿Puedo continuar laborando tras mi jubilación?
Sí, sí que puedes. Se conoce como jubilación activa y opera de la siguiente manera:
En la jubilación activa del trabajador autónomo, tienes la posibilidad de comenzar a recibir tu pensión de jubilación y continuar operando tu negocio. Además, disfrutarás de una disminución en la cuota que debes abonar a la seguridad social.
Condiciones para obtener la jubilación activa
- Debes tener la edad exigida para la pensión en la fecha correspondiente (de acuerdo con la tabla que se encuentra en la sección de la edad).
- Es necesario haber contribuido el periodo requerido para recibir el 100% de la base reguladora (36,5 años si la jubilación se efectúa entre 2023 y 2026 o 37 si es a partir de 2027).
Monto de la pensión
- 50% de la base reguladora.
- 100% de la base de cotización si demuestras tener contratado por lo menos a un empleado en régimen general, aunque si eres autónomo societario no podrás acceder a este aumento conforme a lo que determina una resolución del Tribunal Supremo.
- No tienes derecho a los suplementos por la pensión mínima.
Costo de autónomos a abonar
Mientras permanezcas en estado de jubilación activa, la cantidad de la cuota a abonar a la seguridad social por trabajadores autónomos será más baja porque únicamente deberás cotizar por incapacidad temporal y contingencias profesionales más un 9% que se conoce como de solidaridad.
¿Cómo solicitar la jubilación anticipada?
Como autónomo, tendrás la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada, en un plazo máximo de dos años previos a la edad en la que te sea legalmente permitida la jubilación, y deberás cumplir con las siguientes condiciones:
- Hallarte en circunstancia de alta en la seguridad social (o equivalente a la alta).
- Validar un tiempo mínimo de contribución de 35 años.
- El monto de la pensión a recibir debe ser mayor que la cuantía mínima que por normativa te pertenece de acuerdo a tus situaciones personales. Si es menor a esta cifra, no podrás optar por la jubilación anticipada.
¿Y cuánto cobrarás de pensión? Inferior a si aguardas a la edad a la que legalmente te pertenece, como es natural, ya que el monto de la pensión que recibirías de acuerdo al tiempo que has aportado se verá reducido mediante la aplicación de unos coeficientes correctores que cambian según la cantidad de meses que hayas anticipado la jubilación y el total de tiempo que hayas cotizado.

Preguntas frecuentes
Jubilación tras haber contribuido en el régimen general y en el de autónomos
Si has contribuido tanto en el régimen general como en el de autónomos, es importante que conozcas lo siguiente: podrás percibir una pensión de jubilación por cada uno de los regímenes si cumples con los requisitos en ambos; la contribución mínima de 15 años de los cuales 2 deben ocurrir en los 15 años previos al momento de acceder a la jubilación.
En otras palabras, deberías haber contribuido. 15 años en autónomos y 15 en el régimen general. Y también 2 de cada uno de ellos en los 15 antes de la jubilación.
Si no cumples con lo anteriormente mencionado, solo recibirás una pensión y esta será la correspondiente al régimen en el que estés registrado al momento de comenzar a recibirla.
Si en este régimen no has aportado más de 15 años, la pensión será la que le corresponda al régimen en el que cotizaste previamente, siempre que hayas realizado las aportaciones necesarias en él.
Y si en ninguno de los dos has alcanzado los 15 años, se considerará aquel en el que hayas contribuido durante más tiempo.
Los años en los que hayas contribuido en ambos regímenes simultáneamente no se considerarán como dobles, pero sí se sumarán ambas bases de cotización para determinar la base reguladora.
Lo verás más claro con estos ejemplos:
- Hasta la fecha de retiro tienes dado de alta como autónomo 10 años y previamente trabajaste en la relación de dependencia durante 25. No recibirás una pensión como autónomo ya que, aunque estés registrado en ese régimen al momento de tu jubilación, no alcanzas el mínimo de 15 años de cotización. Como ese tiempo lo has superado en el régimen general, te jubilas por este último. El tiempo de cotización a considerar para determinar el monto de la pensión será de 35 años (la combinación de ambos).
- Idéntico caso previo, pero en el régimen general has aportado. solo 8 años. Dado que en ninguno de los dos regímenes alcanzas los 15 años, te pensionarás a través del sistema de autónomos, ya que es donde has contribuido más tiempo (10).
El tiempo de cotización será de 18 años (la adición de ambos).
La retirada del trabajador autónomo que opera a través de una sociedad.
Los emprendedores o profesionales que llevan a cabo su labor a través de una sociedad tienen la posibilidad de acceder a la jubilación en las mismas circunstancias y requisitos que aquellos que lo hacen como individuos.
Únicamente hay una distinción y es que en el supuesto de jubilación activa, el monto de la pensión a recibir será del 50% y nunca del 100%. De esta manera lo ha determinado el Tribunal Supremo al comprender que el incremento de la pensión establecido cuando se dispone de al menos un empleado por cuenta ajena no es aplicable a los autónomos societarios, ya que no son ellos quienes contratan directamente al trabajador, sino que es la sociedad la que lo hace.
¿Debo seguir laborando hasta que alcance la jubilación?
No es imprescindible que te encuentres en estatus de alta en el momento de tu jubilación, pero sí que se requiere que de todos los años que has aportado. 2 de ellos hayan ocurrido dentro de los 15 que preceden de forma inmediata a la solicitud.
No te enredes la existencia: utiliza TaxDown
Y hasta aquí hemos llegado. Pero antes de concluir, cuéntame: ¿tienes claro cuál es tu situación actual? ¿cuánto tiempo falta para que puedas retirarte? Sea mucho o poco, recuerda que en TaxDown nos especializamos en hacer más sencilla la existencia de los autónomos en lo que concierne a impuestos y seguridad social. Colabora con nosotros y descubrirás que estarás tan relajado que no te preocuparás. retrasar la jubilación.