Modelo 130: Cuándo y Quién debe Presentarlo | tax-down
Discutamos en este artículo acerca de uno de los numerosos modelos que hay y que es uno de los más frecuentes y a la vez complejos para los trabajadores autónomos: El modelo 130.
¿Tienes idea de qué es?, ¿en qué momento y de qué forma se exhibe?, ¿quiénes deben presentarlo obligatoriamente?, ¿qué consecuencias hay si no se entrega dentro del plazo?
Te informamos aquí todo lo que debes conocer sobre este modelo trimestral de IRPF. Así que vamos al grano.
Qué es el modelo 130
El modelo 130 es básicamente un anticipo de lo que hay que pagar en la declaración de la renta.
O sea, se trata de un formulario que se presenta cada tres meses y que se utiliza para anticipar a la Agencia Tributaria el IRPF que corresponde a los beneficios generados por la actividad empresarial realizada.
Es por esta causa que este modelo se le denomina en varias ocasiones como el modelo del IRPF. Tiene sentido, ¿no?
Y es que, existen dos formas de adelantarle el dinero a Hacienda, y son:
- Con el IRPF que se implementa en las facturas de ventas al realizar una actividad profesional. Este porcentaje será del 7 % o el 15 %.
- Por presentar específicamente el modelo 130.
Cuando debes mostrar este modelo
En cambio, el modelo 130 se presenta cuatro veces anualmente:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero
Atención: Si la fecha tope para entregar el modelo coincide con un sábado, domingo o día festivo, se extiende el plazo hasta el próximo día laborable.
Asimismo, se trata de un modelo acumulativo dado que el 4º trimestre representa el total acumulado a lo largo del año, ya que abarca los del 1º, 2º y 3º. Por esta razón, este último trimestre se asemeja más a la presentación de una declaración anual en lugar de una trimestral.

Presentar el modelo 130 de manera tardía.
Si se presenta este modelo 130 fuera de plazo implicaría un cargo adicional o una penalización. La distinción entre ambas situaciones depende de quién se ocupa de subsanar el error: si es el propio contribuyente o la Administración que lo ha solicitado.
Si el contribuyente actúa sin que Hacienda haya notificado el error, la presentación fuera de plazo implicaría los siguientes recargos sobre el monto a abonar:
- En menos de tres meses: recargo del 5 %
- Entre tres y seis meses: recargo del 10 %
- Entre seis y nueve meses: recargo del 15 %
- Entre nueve y doce meses: recargo del 15 %
- En más de doce meses: recargo del 20 %
Si es al revés, será la Administración la que detecte el error y a través de una notificación, implicará una sanción que se clasificará como leve, grave o muy grave:
- Infracción leve: multa del 50 % de lo que no se ingresó
- Infracción grave: sanción del 100 %
- Infracción muy grave: sanción del 150 %
Quiénes tienen la obligación de presentarlo
Sin rodeos, el modelo 130 es obligatorio para todas aquellas personas que sean autónomos y que realicen una actividad considerada como empresarial.
Y es que la responsabilidad de presentar o no este formulario estará vinculada con el porcentaje de retención. Específicamente:
- Con deducciones sobre al menos el 70 % de los ingresos, no es necesario presentar el modelo 130.
- Sin retenciones o aplicando un porcentaje inferior al 70 %, es necesario presentar el modelo 130.
Asimismo, es necesario presentar este modelo cuando se esté en una comunidad de bienes en lo que respecta al porcentaje de participación.
Y atención porque, en cambio, todos esos autónomos que declaran por módulos no tendrán que presentar el 130, si no el formulario 131.
Un aspecto relevante, anota: Ya sea que se tenga la obligación o no, la casilla 600 del modelo 036 o el modelo 037 (el pago fraccionado del IRPF) tiene la finalidad de señalar que se procederá a presentar el modelo 130 y, de no hacerse, se podría ser solicitado por la Administración.
De qué manera se presenta el modelo 130
El modelo 130 se puede entregar de manera presencial o a través de la página web de la Agencia Tributaria usando el certificado digital o con la Cl@ve PIN.
Las indicaciones para completar el modelo 130 y entregarlo de manera autónoma en el sitio web de Hacienda son las siguientes:
- Es necesario especificar el año correspondiente, el trimestre, el NIF y el nombre completo del trabajador autónomo.
- Casilla 2: el total de los gastos deducibles y añadir el 5% de gastos de difícil comprobación.
- Casilla 5: los montos de los trimestres previos del año.
- Casilla 6: la cantidad de las deducciones sobre los ingresos
- La casilla 12 muestra el monto total a pagar.
- Casilla Ingreso: se registrará el resultado de la casilla 19.
- La casilla 19 te da un resultado negativo, debes señalarlo en la casilla Negativa.
- Firmar
- Presentar el modelo 130
¿Es preferible incorporar los datos del IVA en el modelo 130 o no hacerlo?
Esta interrogante frecuentemente se considera uno de los grandes enigmas en torno a este asunto.
Observa, el IVA es un tributo indirecto que afecta al consumo, por lo que no se considerará como un gasto y, normalmente, no se incluirá en este modelo 130, salvo que se presente el modelo 303 trimestralmente. En esta última situación sí que se tiene que añadir.
Diferencias en comparación con las retenciones
El modelo 130 y las retenciones que se reflejan en las facturas son similares ya que ambos representan anticipos que se realizan a la Agencia Tributaria.
Sin embargo, no son idénticos, dado que a través del modelo 130. se adelanta el 20% del beneficio obtenido con la actividad empresarial en tanto que las retenciones se sitúan en el 15%. O el 7% para emprendedores recientes.
Y eso es todo. En TaxDown contamos con un gran equipo de especialistas fiscales en autónomos como Valeria, Maite o Rocío. Que además de ser muy amables, pueden brindarte asistencia con este procedimiento y con todos los que necesites presentar debido al desarrollo de una actividad. Sin lugar a dudas, una opción que no deberías dejar pasar para no tener que pensar demasiado en la Administración. Los esperamos con mucho gusto.