Requerimientos de Hacienda: Qué son y Cómo Contestar | tax-down
En resumen, qué es el gerundio.
Un requerimiento de Hacienda es una petición de la Agencia Tributaria para examinar o rectificar datos fiscales. Puede tratarse de una simple notificación informativa o de una demanda de documentos, pero es fundamental responder de manera adecuada dentro del plazo establecido para prevenir sanciones. Continúa leyendo para manejar con éxito las cartas del miedo.
Deseamos que no sea de este modo, pero si te ha alcanzado un requerimiento de Hacienda y no tienes idea de dónde esconderte ¡buena suerte! No, es una broma. En este artículo te vamos a informar todo lo relacionado con los requerimientos de Hacienda: qué es, cómo se contestan y qué es lo que debes hacer. Antes de irte corriendo ¡lee con cuidado!
¿Qué constituye un requerimiento de Hacienda?
Definición de primero de fiscalidad: una solicitud de la Agencia Tributaria es una notificación que envía la Agencia Tributaria a cualquier contribuyente o compañía. Y no precisamente para ofrecer un saludo matutino. Generalmente, lo envía porque ha observado alguna irregularidad o incidencia fiscal y frecuentemente piden documentos al contribuyente o a la compañía.
¿Cómo suele mandar los requerimientos? Generalmente a través del correo tradicional, aunque también por medio de correo electrónico.
Es importante aclarar que recibir un aviso de Hacienda no implica necesariamente que vayas a ser penalizado. ¡Para nada! Si no posees nada que esconder y si respondes y presentas toda la documentación de forma correcta y dentro de los plazos establecidos, no tienes por qué preocuparte. Pero antes de abordar el cómo, vamos a explicarte que existen diferentes tipos de requerimientos de Hacienda. Existe algo para cada preferencia:
Clasificaciones de solicitudes de la Agencia Tributaria
- Carta informativa. La más calmada. Se trata simplemente de una comunicación que te envía la Agencia Tributaria como aviso. No es preciso que contestes, pero sí debes confirmar que la has recibido, ya que todas sus cartas son certificadas. Hacienda se comporta como un padre o una madre, y necesita saber que has recibido correctamente su mensaje.
- Requerimiento. Si la Agencia Tributaria observa que los datos fiscales que poseen sobre ti no coinciden con los que tú les has suministrado, te hará llegar esta simpática notificación.
- Propuesta de liquidación. En caso de que sea necesario alterar alguna información que la Hacienda considera incorrecta.
- Resolución del procedimiento. La conclusión definitiva respecto a los trámites que han permanecido vigentes con Hacienda.
- Providencia de apremio. Cuando el Estado te comunica: debes abonarme de inmediato lo que me debes, fijando unas fechas en las que te exigirá el pago de la deuda. Es fundamental reaccionar con celeridad para intentar impugnarlo o posponerlo. Por ejemplo, la Agencia Tributaria te indica que tienes un plazo para saldar mis 1.000 de deuda con un 10% de recargo.
- Diligencia de embargo: parecida a la anterior, sin embargo, Hacienda en esta ocasión ya te notifica sobre el cobro de la deuda de manera directa. Por ejemplo, si Hacienda te indica que te acaba de debitar 1.100 de tu cuenta bancaria para liquidar la deuda pendiente.
- Inicio de investigación de inspección. Cuando se te piden documentos para una revisión por parte de Hacienda.
- Expediente sancionador. La validación oficial de que has incurrido en alguna falta tributaria.

¿Qué acciones tomar si llegas a recibir uno?
Lo primero que hay que hacer con un requerimiento de Hacienda hay que hacerlo. Puede parecer una tontería, pero son muchas las personas que no desean recogerlo, creyendo que así la Agencia Tributaria se olvidará. Ingenuas.
Por esa razón, cuando recibas una notificación de Hacienda, no te escondas y recíbela cuanto antes. Ya que la clave radica en poder responder a tiempo y retrasar su aceptación solo te perjudicará. Además, las notificaciones que son denegadas ¡quedan registradas!
Y una vez que la hayas obtenido, lo siguiente es leerla con atención para saber qué tipo de requerimiento es y qué nos informa Hacienda. Si no lo entiendes, te sugerimos encarecidamente que contrates a un especialista en fiscalidad o, si ya estás suscrito a TaxDown, que nos contactes a support@tax-down.es. Te asistiremos en su comprensión y te orientaremos sobre cómo proceder. Además, te resguardaremos ante cualquier solicitud si está vinculada a una declaración presentada con nosotros (eso, por supuesto).
Y ya por último, el tercer paso que tienes que seguir es responder. Este paso es el más crucial. Es obligatorio responderlo, o de lo contrario, Hacienda te puede sancionar. Tienes a tu disposición 10 días para hacerlo una vez recibas la notificación. ¡Ah! Y los días festivos y los fines de semana no se incluyen. Para entender cómo debes contestar, te sugerimos que sigas leyendo.
Cómo responder a un requerimiento
Para contestar, afortunadamente la Agencia Tributaria te indica cómo debes proceder en la carta que te han enviado. Y otra buena información: en este momento puedes responder a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Por ello, para poder contestar es esencial contar con dos documentos: el certificado digital o DNI electrónico y el Código Seguro de Verificación, que hallarás en el mismo documento que te ha hecho llegar la Agencia Tributaria.

Una vez que hayas ingresado a la sede electrónica, navega hasta la sección Trámites destacados y luego a Contestar requerimientos o entregar documentación relacionada con un documento recibido de la AEAT. Notarás que la web te permite responder y adjuntar archivos en PDF o Word. Solo debes completar los datos que te mostrarán y finalmente hacer clic en Presentar. ¡Y eso es todo!
¡Ah! Y si no te agrada realizar estos trámites en línea o te frustras con el sitio de Hacienda, también tienes la opción de contestar a través del correo postal o incluso solicitar una cita. Sin embargo, sin lugar a dudas, lo más ágil y lo que te aconsejamos es responder a través de su sede electrónica.
Si no hemos logrado persuadirte y continúas insistiendo en que prefieres contestar en persona, tendrás que presentar una carta escrita. Y no sirve cualquier carta. No, no. Debes contestar con información sumamente precisa. Sin embargo, a continuación te presentamos un modelo a seguir.
Plantilla de respuesta
Don/Doña (tu nombre y apellidos), con domicilio en (tu domicilio y municipio), con DNI (evidentemente, tu número de DNI), actuando en (si es en nombre propio o como representante de una sociedad. Si es como representante de la sociedad tendrás que poner a continuación el CIF y tu cargo)
EXPONGO
que en el día (poner la fecha en la que has recibido el requerimiento) he recibido una solicitud cuyo número de referencia es (poner número de referencia), en el que se me pide que presente documentación vinculada a (poner el motivo del requerimiento).
En este documento incluyo una copia de la información requerida: (poner la lista de documentos que se adjuntan), cuyos datos concuerdan con los declarados en su momento.
(Nota adicional: aquí te recomendamos poner el mayor número de explicaciones,para que todo quede claro).
Por todo ello, solicito que tengan por presentados en tiempo y forma los documentos pedidos, así como respondido el requerimiento indicado.
(Y por último poner la fecha y tu firma)
Gestiona tus requerimientos con TaxDown
Uno de los servicios que ofrecemos de forma gratuita a todos los usuarios que tienen una suscripción con TaxDown es tramitar de forma rápida las notificaciones de Hacienda, ya sean requerimientos, alegaciones o recursos de reposición. Por eso, si Hacienda llama a tu puerta y te da una desagradable sorpresa a modo de notificación, ¡puedes contar con nosotros para tramitarlo! Inicia sesión en TaxDown, dirígete a la sección Trámites y después selecciona Notificaciones de Hacienda. Una vez respondas a un par de preguntas, nuestros expertos fiscales se pondrán en contacto contigo y lo gestionarán todo por ti.