Segunda Vivienda: ¿Se Puede Considerar Como Habitual? | tax-down
En resumen, qué es el gerundio.
La Agencia Tributaria estipula que la vivienda habitual es la residencia principal, donde se reside durante un mínimo de tres años o de manera continua por un año desde su compra. No se permite tener dos domicilios habituales, excepto en situaciones particulares como el divorcio. Para transformar una segunda residencia en habitual, es preciso empadronarse y notificarlo a la Administración.
La llegada de la campaña para presentar la declaración de la renta 2024 genera una gran cantidad de dudas, ¡y no es para menos! La Agencia Tributaria no simplifica el engorroso proceso: entre los tecnicismos y términos inusuales que utiliza, las múltiples deducciones, tanto autonómicas como específicas de cada Comunidad Autónoma (¡como si la declaración de IRPF no fuera ya lo suficientemente complicada!); y los variados elementos que componen la renta, ¡es comprensible que completar tu declaración de la renta cause más de un dolor de cabeza! No es tan fácil como sacar la calculadora del escritorio, ¡ojalá!
En los textos que elaboramos, detallamos con un vocabulario claro y habitual las diversas temáticas fiscales que podrían estar afectando tu descanso. En esta ocasión, nos enfocaremos en la segunda vivienda, una idea que generalmente se presenta junto con diversas inquietudes, tal como ocurre con la vivienda habitual. ¡Y esto no puede seguir así! No, amigo, no ¡Es muy importante cumplir con nuestras responsabilidades fiscales!
En TaxDown, estamos dedicados a tu seguridad financiera. Nuestro objetivo no es solo que realices tu declaración de la renta y otros procedimientos fiscales sin dificultades, ¡sino también que logres el mayor ahorro posible! Porque tienes que abonar los impuestos que te correspondan legalmente, ¡ni un centavo más!, y nosotros queremos garantizártelo ;).
¡Vamos, hacia adelante!
Primera y segunda residencia habitual explicado de manera sencilla.
Lo primero que tenemos que definir es la distinción entre primera vivienda y segunda vivienda, dos expresiones que se diferencian únicamente por una palabra ¡en el ámbito escrito! Sus significados son tan opuestos como el día y la noche, ¡y la misma situación se presenta en su tratamiento fiscal!
Vamos paso a paso.
La primera vivienda es el primer edificio que adquiriste, ¡cuando no poseías ningún bien a tu nombre! Normalmente se hallan en esta situación aquellos jóvenes que recién se han emancipado y compran su primera vivienda. En lo que respecta a la segunda vivienda, se refiere a la que obtienes una vez que ya posees una diferente.
Y, ¿cuál sería la vivienda habitual¿Hemos discutido sobre este término en? otra ocasión, pero te ayudamos a recordar. Sin importar lo que opinas tú, para la Agencia Tributaria, tu lugar de residencia habitual será aquel en el que vivas durante un plazo continuado de, mínimo, tres años.
¿No satisfaces tal requerimiento? ¡No te preocupes todavía! La Agencia Tributaria te ofrece una nueva oportunidad: será tu domicilio habitual aquel en el que vivas permanentemente durante, como máximo, doce meses a partir de la fecha de compra o de culminación de las obras que tienen como propósito su uso.
¡Claro! Vamos a ver un ejemplo para desentrañar todo este lío. Si, después de tu independencia, adquiriste un piso en Madrid, esta sería tu vivienda principal. Además, si has cumplido alguna de las condiciones mencionadas en los párrafos previos, como vivir en ese piso de manera continua durante los doce meses siguientes a la compra, sería tu hogar habitual. Ahora imagina que te gusta tanto Valencia que decides comprar un apartamento allí para disfrutar de las vacaciones. En este escenario, esa segunda compra se convertiría en tu segunda residencia.
¿Ahora lo comprendes mejor? ¡Deseamos haber sido precisos! De todos modos, ten presente que cualquier pregunta que tengas, puedes preguntarnos. En TaxDown, estamos más que felices de brindarte una ayuda fiscal siempre que lo requieras ;).

¿Es posible tener dos residencias habituales?
Si en este momento te cuestionas si es posible tener dos residencias habituales, ¡la respuesta es no! La Agencia Tributaria sostiene que cada ciudadano tiene una única residencia habitual.
Solo te permitirá poseer dos residencias habituales en caso de que te divorcies y distribuyas las dos propiedades que tenías con tu ex-compañero. En este escenario, dividiréis el inmueble en dos secciones y se asumirá que eres propietario de dos casas ¡aunque únicamente tengas una parte de cada una!
Uy, ¡qué rápido caímos en lo peor! Hacienda permite que un matrimonio puede tener dos residencias habituales bajo ciertas condiciones. Es decir, si ambos contáis con razones válidas, ya sean financieras, laborales o familiares, que justifiquen la necesidad de vivir en distintos lugares, tendréis la posibilidad de tener dos residencias habituales. ¡Eso sí! Deberás acreditarlo de manera significativa con los documentos correspondientes.
Cómo convertir la segunda residencia en hogar habitual
Si quieres transformar tu segunda vivienda en tu residencia principal ¡no entiendo a qué estás aguardando para hacerlo! Hacienda permite este cambio, siempre y cuando se cumpla alguna de las dos condiciones requeridas para que la casa se considere habitual. Después, deberás llevar a cabo los pasos pertinentes para gestionar el procedimiento.
¿Tienes interrogantes sobre cuáles son estos procedimientos? ¡No te inquietes! ¡Estás en el sitio correcto! Es fácil: solo necesitas empadronarte en tu segundo domicilio, presentándose en el Ayuntamiento correspondiente, y luego comunicárselo a la Administración. Para completar este proceso, deberás aportar la documentación requerida, dentro de la cual se encuentra el Modelo 030. Censo de obligados tributarios Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación.
Si entregas toda la documentación necesaria, no tendrás inconvenientes en transformar tu apreciada segunda residencia en tu hogar principal. ¡Pero atención! No olvides que el 50% del IRPF pertenece a la Comunidad Autónoma, lo que implica que, si cambias de comunidad, el monto del IRPF a abonar puede cambiar de manera considerable.
¡Pero espera! O, como diría Estopa: ¡quieto parao! No podemos finalizar esta sección sin especificar las dos situaciones en las que un hogar pierde su condición de vivienda habitual:
- Se presenta algún obstáculo que dificulta su ocupación: separación, cambio por motivos laborales, obtención del primer empleo, etc.
- La vivienda deja de ser apropiada para ti, una vez que hayas comenzado a experimentar alguna discapacidad.
La residencia principal en la declaración de impuestos
Y hemos llegado a la parte más importante del artículo: ¿de qué manera impacta la vivienda habitual en la declaración de la renta? Pues funciona genial, amigo ¡porque estás exento de pagar impuestos por ella! ¡Así es! Siempre que el valor no sobrepase los 300.000, tu vivienda habitual estará, como diría la Agencia Tributaria, exenta de IRPF.
De igual manera, será necesario que se cumpla al menos uno de los siguientes criterios para que puedas beneficiarte de esta atractiva exención:
- Debes ser el propietario de la vivienda, ya sea de manera completa (la propiedad es completamente tuya) o en común (la propiedad es tuya y de otra persona, una situación que se conoce como copropiedad).
- O bien, tienes que poseer alguno de los llamados derechos reales para utilizar la vivienda: el usufructo, el uso o la habitación.
Y, desde luego, el domicilio debe satisfacer alguna de las condiciones que mencionamos anteriormente para que sea calificado como vivienda habitual por la Agencia Tributaria.
Eso sí, aunque esté exenta, no te olvides de incluir tu domicilio habitual en tu declaración de la renta. ¡Debes asegurarte de que aparezca obligatoriamente! Lo mismo se aplica a la segunda residencia.
¡Vaya cuántos requisitos nos plantea siempre la rigurosa fiscalidad! ¡Nada menos era de esperar! Justamente este fue uno de los motivos que dio origen a TaxDown. Así que no debes inquietarte en absoluto. Somos el héroe fiscal que, cada vez que lo requieras, llega para ayudarte, orientándote en el proceso de realizar los trámites fiscales y tributarios. ¿Y sabes qué es lo mejor de todo? ¡Que nos dedicamos a asegurarte el mayor ahorro posible!
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