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La Tarifa Plana con Cuota Cero de Madrid [2024] | tax-down

Si no resides totalmente aislado del mundo, te sonará que desde el 1 de enero de 2024 ha comenzado a aplicarse una relevante modificación en la manera en que los autónomos deben contribuir a la seguridad social, la cual consiste, fundamentalmente, en que deben hacerlo según los beneficios que generen en su actividad.

Asimismo, también se ha modificado el sistema de tarifa plana que existía para los autónomos que comienzan su actividad. A un aspecto muy concreto de este asunto es al que haremos mención aquí, ya que te proporcionaremos toda la información que necesitas conocer sobre, atención: tarifa plana autónomos Madrid.

Continúa leyendo porque podrías ahorrar una buena cantidad de dinero si cumples con los requisitos.

¿Qué es la cuota fija para trabajadores autónomos?

Los trabajadores autónomos que comienzan su actividad y satisfacen ciertos requisitos (que se explicarán más adelante) gozan de una reducción en la contribución a la seguridad social. Esto se conoce como tarifa plana.

Es una iniciativa bastante atractiva ya que conlleva un ahorro significativo precisamente al inicio de una empresa, que es cuando los ingresos suelen ser reducidos y la inseguridad es más alta.

La cantidad a abonar es de 80 en el primer año y se puede extender al segundo si los ingresos generados no exceden el salario mínimo interprofesional.

Es bastante bueno, ¿no?

Bueno, pues la tarifa plana para los autónomos en la comunidad de Madrid (así como en Andalucía y Murcia al momento de la publicación de este post) es aún más favorable porque significa un ahorro aún mayor, como podrás observar.

Cantidad a pagar

En Madrid, en el año 2024, el monto a abonar por la tarifa plana de autónomos es de 80 euros durante el primer año, sin embargo, si tu ingreso es inferior al SMI, tendrás la opción de extenderlo por otros 12 meses.

Correcto, has leído correctamente: si comienzas una actividad de forma independiente en la comunidad de Madrid y reúnes los criterios para beneficiarte de la tarifa plana, no necesitas abonar nada a la seguridad social.

Esto no implica que no estés cotizando, sino que simplemente estamos frente a una cuota completamente bonificada. Por lo tanto, aunque la cuota sea cero, seguirás cotizando igual que cualquier otro autónomo, excepto en lo que respecta a las contingencias relacionadas con el cese de actividad y la formación profesional.

Estarás protegido, por lo tanto, ante situaciones de incapacidad médica por enfermedad, orfandad, pensión, etc.

Electricista autónomo trabajando tras aplicarse la reducción de cuota de autonomos de Madrid con la tarifa plana

Condiciones para beneficiarse de ella

Para acceder a la tarifa plana de cuota cero en Madrid debes satisfacer los siguientes criterios:

  • Comenzar tu actividad comercial o profesional desde el 1 de enero de 2024.
  • Debes ser residente en la comunidad de Madrid y llevar a cabo tu actividad empresarial o profesional en dicho lugar.
  • No has podido registrarte como autónomo en los 2 años previos al comienzo de la actividad.

Este plazo será de 3 años si en algún instante previo ya aprovechaste esta clase de bonificación.

  • Debes estar al día en todos tus pagos con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria, tanto con la del Gobierno central como con la de la comunidad autónoma.
  • No puedes tener la categoría de autónomo colaborador, lo que implica que estás obligado a inscribirte en el RETA por ser un familiar directo del propietario del negocio. (Por si no lo conocías, el RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
  • No pertenecer a la fe de la iglesia católica.

Asimismo, tendrán acceso a esta asistencia contemplada en la legislación regional:

  • Las mujeres emprendedoras que hayan interrumpido el funcionamiento de su negocio debido a maternidad, adopción, acogida o tutela y retomen una actividad por cuenta propia dentro de los 2 años posteriores a la fecha de cese efectivo (y siempre a partir del inicio del 2024).
  • Los empleados en situación de dependencia que son beneficiarios de la prestación para el cuidado de niños con cáncer o alguna enfermedad severa y que cuenten con el reconocimiento del derecho a la reducción en la contribución establecida por la normativa nacional.
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¿Y qué ocurre con los autónomos que iniciaron su actividad antes de 2024?

La cuota cero se aplica únicamente a quienes se den de alta en el RETA con una fecha posterior al 1 de enero de 2024, mientras que aquellos que ya estaban ejerciendo su actividad como autónomos en 2023 deberán seguir la normativa que estaba en vigor en ese período.

Por lo tanto, si te encuentras en esa situación, lamentamos informarte que tendrás que continuar pagando tus cuotas de acuerdo con el sistema de tarifa plana vigente en el momento en que te diste de alta.

¿Qué papeleo se necesita?

Al hacer la solicitud, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Declaración censal de comienzo de actividad (modelos 036 o 037) donde se indique la ubicación de la actividad en la Comunidad de Madrid.
  • Certificación otorgada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) que confirma la situación de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • Certificación otorgada por la Tesorería General de la Seguridad Social que confirma la regularidad en los pagos con este organismo.

Si en lugar de que tú efectúes los trámites directamente, lo lleva a cabo otra persona como tu representante, deberás presentar igualmente la documentación que valide esa representación.

Fontanero autónomo explicando que es la tarifa plana para autonomos en madrid 2024

Cómo solicitarla

La puede pedir en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid llenando el formulario pertinente y presentando la documentación que hemos mencionado.

Es imprescindible que dispongas de DNI electrónico y un certificado digital para poder llevar a cabo los trámites en línea.

Tiempo de la tarifa fija para autónomos

El periodo de la tarifa fija es de 12 meses, durante los cuales el importe será de 80 euros.

Este período se extenderá por otros 12 meses adicionales si los ingresos netos anuales son menores al salario mínimo interprofesional.

Esta es la norma general: 12 meses extendibles por otros 12 adicionales.

En este momento, hay dos situaciones específicas en las que la duración es mayor:

  1. Cuando se hable de mujeres autónomas que retoman la actividad que interrumpieron por motivos de cuidado de hijos, adopción, tutela o acogimiento, la vigencia de la tarifa plana será de 24 meses.
  2. En el caso de autónomos que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%, o que sean víctimas de violencia de género o del terrorismo, la asistencia correspondiente en Madrid tendrá una duración inicial de 24 meses, la cual podrá extenderse por otros 36 meses adicionales si los ingresos netos anuales son menores al salario mínimo interprofesional. Es decir, se puede extender hasta un total de 5 años.

Con TaxDown resulta más sencillo.

En resumen: que si inicias un negocio en Madrid podrás beneficiarte de un considerable apoyo en tu tarifa plana como trabajador autónomo. Y, ya sea que vivas en esa comunidad o en cualquier otra parte de España, también podrás contar con el respaldo de Taxdown para satisfacer todas tus responsabilidades fiscales con Hacienda o la Seguridad Social. Somos profesionales, accesibles y eficaces. ¡No lo olvides!

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