Cuándo es el Segundo Pago a Hacienda en 2025 | TaxDown
En resumen, ¿qué es un gerundio?
El segundo abono del alquiler de 2025, que corresponde al 40% que falta, debe efectuarse antes del 5 de noviembre. Si el pago no se realiza puntualmente, Hacienda impondrá recargos de hasta el 20%. Puedes realizar el pago en línea, en el banco o directamente en Hacienda. Si careces de liquidez, es posible pedir un aplazamiento de hasta 12 meses.
El segundo pago de la renta será próximo 5 de noviembre de 2025, más de 4 millones de personas contribuyentes tendrán que afrontar este retraso, correspondiente al 40% restante del total del IRPF a liquidar. Si seleccionaste dividir el pago de la renta, este segundo vencimiento es obligatorio, siendo el 70% de los contribuyentes los que eligen esta alternativa para evitar abonar todo de una sola vez antes del 1 de julio
Este desarrollo residencial brinda cierta flexibilidad, sin embargo, si no cuentas con los fondos suficientes para efectuar el pago, ¡atención! Hacienda dispone de penalizaciones para aquellos que no cumplan con esta obligación.
¿Cuál es el método para abonar el segundo plazo del IRPF?
Si decidiste domiciliar el segundo pago en tu cuenta bancaria, no debes inquietarte, puesto que Hacienda se ocupará de deducirlo de manera automática. Eso sí, asegúrate de tener saldo suficiente en tu perfil para prevenir inconvenientes.
Si no realizaste la domiciliación del pago, tienes tres alternativas para efectuarlo:
- Pago online mediante el sitio de la Agencia Tributaria con el modelo 102.
- Pago presencial en tu institución financiera o entidad asociada.
- En persona en una oficina tributaria
¿Qué ocurre si no realizas el segundo pago en la fecha establecida?
Si te demoras en realizar el pago, Hacienda no mostrará clemencia. Según el tiempo que tardes en abonar, las penalizaciones pueden incrementarse de manera significativa. A continuación, te presento las posibles situaciones:
- Recargo del 5% si realizas el pago poco después del 5 de noviembre pero antes de obtener una notificación de Hacienda.
- Recargo del 10% si realizas el pago después de recibir una notificación formal de la Agencia Tributaria.
- Recargo del 20% si continúas sin abonar tras la notificación. Asimismo, se incluirá un interés de demora del 3,75%
Opción de postergación
Si el 5 de noviembre te sorprende sin fondos para realizar el pago, puedes pedir un aplazamiento de hasta 12 meses. Sin duda, este procedimiento no es automático. Necesitarás respaldar tu situación económica y la Agencia Tributaria determinará si aprueba o rechaza la petición. En todo caso, deberás pagar los intereses de demora correspondientes.
Prevén multas y facilita tu declaración
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