¿Cuánto Te retienen por estar Desempleado? | TaxDown

Con la reciente regulación, todas las personas que hayan cobrado el paro en 2024 estarán obligadas a presentar la declaración de la renta, independientemente de sus ingresos. Esto implica que el desempleo no solo cuenta como segundo pagador, sino que también genera la obligación de declarar en todos los casos.

Aquí te contaremos cuánto te quitan de IRPF en el paro. ¡Vamos allá!

¿Te retienen IRPF al estar en el paro?

La contestación a esta interrogante únicamente puede ser un categórico y definitivo… Depende. Espérame, que me aclaro:

La indemnización por desempleo en la valoración de los ingresos laborales y, en ese sentido, está sujeta a retención de IRPF.

Opera de la misma manera que si estuvieras recibiendo un salario de una empresa, y este año, incluso más, ya que la nueva regulación exige que todas las personas que han recibido la ayuda del SEPE presenten la declaración de la renta. Y, como supongo que ya sabes, en ese contexto el porcentaje de retención cambia tanto en función de la cantidad de ingresos que tengas como por una serie de factores personales y familiares.

Por lo tanto, al recibir la prestación por desempleo, te aplican una retención de IRPF que varía según el monto de la ayuda y tus condiciones particulares.

Dos personas en paro que tienen dudas sobre cuanto les retendran en el IRPF

Cómo son las retenciones del IRPF estando en el paro

Al estar desempleado, las deducciones del IRPF son el producto de aplicar a la cantidad total el porcentaje que le corresponda y que se calcula como veremos en el siguiente apartado.

Por lo tanto, lo que efectivamente recibirás en tu cuenta bancaria por la ayuda de desempleo será:

Percepción completa – Seguridad social responsabilidad del empleado – Retención de IRPF = Importe a recibir

Y cada uno de estos términos se relaciona con lo siguiente:

  • Percepción íntegra: es la ayuda que te corresponde y que equivale al 70% de la base de cotización en los primeros 6 meses en los que recibes el subsidio y al 60% en los meses posteriores.
  • Seguridad social a cargo del trabajador: mientras percibes el paro se continúa cotizando a la seguridad social. Es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) quien asume la cuota patronal y te retira la parte que te corresponde como empleado, que se eleva al 4,70%.
  • Retención de IRPF: es el monto que se te descuenta y que se deposita en Hacienda a tu nombre como anticipo de la declaración de la renta que deberás presentar en su momento. En ella deberás incorporar tanto el monto que hayas recibido como la retención que ya has abonado y que está registrado a tu favor.

¿Cómo se calcula la retención?

Si accedes a la web del SEPE notarás que “el porcentaje de retención a cuenta se establece según el importe total que vaya a recibir en concepto de prestaciones de desempleo previsto para el año natural en curso y en función de los datos que usted facilitó a la oficina de prestaciones, relavos a sus circunstancias personales y familiares, para tener derecho a deducciones según la legislación fiscal vigente en cada momento”.

Por lo tanto, es necesario tener en mente varios aspectos:

  • El porcentaje que se debe retener se determina considerando el monto total de la ayuda que recibirás durante el año actual. Por ejemplo, si comienzas a recibir el desempleo en marzo, se tomará en consideración el monto total hasta el 31 de diciembre.
  • No se trata de un porcentaje constante, sino que cambia según las condiciones personales y familiares que permiten la deducción en la declaración de la renta.
  • Es fundamental que informes esas circunstancias a la oficina de prestaciones para que las puedan considerar.

El procedimiento para calcular la retención incluye una variedad de situaciones que no podemos detallar en este artículo, sin embargo, a grandes rasgos, los componentes que se utilizan en este proceso son los siguientes:

  • Los ingresos totales que se recibirán en el presente año
  • Las disminuciones y costos que se pueden deducir en la declaración de impuestos sobre la renta en la sección de ingresos laborales (por ejemplo, el aporte a la seguridad social).
  • Los antepasados y sucesores que otorgan el derecho a deducción conforme a la legislación.
  • Si tienes un cónyuge dependiente.
  • Si abonas pensiones compensatorias o anualidades por manutención a hijos que no permiten deducción.
  • Si vives (o has dejado de hacerlo) en Ceuta, Melilla o en La Palma.
  • Si efectúas pagos de préstamos para tu residencia habitual.

Toda esta información es la que necesitas proporcionar al SEPE para que pueda determinar de manera precisa la retención de IRPF que te corresponde. En el sitio web de la Agencia Tributaria puedes conocer el monto exacto de la retención que corresponde según tu situación.

A continuación, se presentan 2 preguntas que normalmente se formulan con regularidad:

¿Puedo pedir un porcentaje más alto de retención?

Sí. Definitivamente puedes solicitar que se te descuente una cantidad mayor a la que resulta de aplicar la legislación.

Generalmente, esta alternativa es seleccionada por individuos que cuentan con otros ingresos y anticipan que, con la retención inicial que se aplique, su declaración de la renta resultará en un pago mayor al que les gustaría. Por ello, optan por incrementar las retenciones en sus ingresos con el fin de disminuir la cantidad a abonar en la declaración o, incluso, conseguir un resultado favorable a devolver.

¿Es aplicable en el caso del paro la retención mínima del 2%?

No. No es aplicable.
Este mínimo del 2% solo se aplica en caso de que se trate de contratos o vínculos laborales de menos de 1 año o de artistas que ejerzan su labor en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, incluyendo a los técnicos y auxiliares en este ámbito.

Por lo tanto, la retención mínima del IRPF del 2%, que puede resultarte familiar, no se aplica a la ayuda por desempleo incluso si se recibe por un tiempo menor al año.

Trabajador que se ha quedado en paro y piensa en cuanto le va a quitar Hacienda en la declaración de la renta

Casos en los que la prestación por desempleo no está sujeta a retención

Hay dos situaciones en las que el subsidio por desempleo no está sometido a retención, y son las siguientes:

1.- En las situaciones donde la cantidad total a recibir sea menor a los importes que se muestran en esta tabla, considerando que los hijos y descendientes mencionados son aquellos que otorgan derecho a deducción en la declaración del impuesto sobre la renta:

Cantidad de hijos y demás descendientes:

Situación012 o más
1. Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente18.470 €19.817 €
2. Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales excluidas las exentas17.896 €19.094 €20.441 €
3. Otras situaciones16.200 €16.799 €17.472 €

La sección “otras situaciones” incluye las siguientes:

El contribuyente que está casado, y no se encuentra legalmente separado, cuyo pareja tenga ingresos superiores a 1.500 euros, excluyendo los que están exentos.

El contribuyente que sea soltero, viudo, divorciado o legalmente separado, sin hijos o con hijos bajo su responsabilidad, cuando, en esta última situación, no tenga derecho a la deducción por tributación conjunta en la declaración del impuesto sobre la renta debido a la convivencia con el otro padre.

Los contribuyentes que no indiquen estar en ninguna de las circunstancias 1.a y 2.a mencionadas previamente.

Cuando la ayuda por desempleo se reciba en la forma de pago único (también denominado “capitalización del paro”), siempre que la empresa constituida o las acciones en compañías mercantiles compradas se conserven durante al menos 5 años.

¿Hay que hacer la declaración de la renta si estoy en el paro?

Si has recibido la prestación por desempleo en 2024, estás obligado a presentar la declaración de la renta, sin importar cuánto hayas ingresado.

Hasta ahora, obtener ayudas por desempleo únicamente requería que declararas si excedías ciertos límites de ingresos. No obstante, con la nueva regulación, todas las personas que hayan percibido el paro en 2024 deberán presentar su declaración del IRPF, sin importar la suma que hayan recibido o la cantidad de pagadores que hayan tenido.

¿Cómo se informa el desempleo en la declaración de la renta?

Las ayudas por desempleo se consideran rendimientos del trabajo y se incorporan en la declaración de impuestos de la misma manera que un salario. Se les aplican las mismas deducciones y gastos deducibles que la legislación permite para los empleados por cuenta ajena.

Por otro lado, estar cobrando el paro no significa automáticamente que Hacienda te devolverá dinero. El desenlace de tu declaración estará determinado por todos tus ingresos, tus situaciones personales y las deducciones que te hayan realizado a lo largo del año.

Previene equivocaciones en tu declaración

Realizar la declaración de impuestos puede ocasionar numerosas inquietudes, sobre todo con las modificaciones en la legislación. Recuerda que cualquier equivocación puede costarte caro.

Por lo tanto, te pregunto: ¿de verdad merece la pena arriesgarse cuando con TaxDown puedes asegurarte de que tu declaración está bien hecha y optimizada?

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