Aplazamiento con Hacienda: ¿Cómo funciona? | TaxDown

En el temido ámbito tributario, el Reconocimiento de Deuda con Solicitud de Aplazamiento podría representar una modesta tabla de salvación para aquellos que anhelan flexibilidad en el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales.

Este nombre tan extenso es, fundamentalmente, una alternativa que te brinda, bajo ciertas circunstancias estipuladas por la Agencia Tributaria, aplazar la cifra que necesitas saldar con el fisco. Así podrás tener mayor tranquilidad si llegas justo al cierre del mes.

Pero claro, ¿cómo se pide este aplazamiento? Precisamente en este artículo aclararemos esa inquietud, y no solo eso, sino que también discutiremos las deudas que puedes posponer, sus posibles intereses y aspectos relevantes que debes considerar antes de solicitar un «favor» a Hacienda. ¡Vamos a ello!

¿Qué implica un aplazamiento con Hacienda?

Vamos, comencemos por lo básico. La prórroga con la Agencia Tributaria es una opción que tienes como contribuyente y que te facilitará aplazar el plazo para saldar tus obligaciones fiscales. En esencia, se trata de una ocasión para optimizar la liquidez de tu situación económica y poder abordar otras necesidades financieras apremiantes.

Pero no pienses que posponer es lo mismo que no abonar. No, no, no. Nos referimos a la Agencia Tributaria. Y podemos afirmar que es similar a los Lannister: siempre salda sus cuentas.

El retraso será una clase de respiro. Supón que te encuentras en una circunstancia económica complicada y, al mismo tiempo, se presenta un impuesto que debes abonar. Solicitar un aplazamiento te servirá para desahogar las sanciones de manera temporal.

A propósito, el aplazamiento puede solicitarse no únicamente en la declaración de la renta, igualmente en las compensaciones del IVA, el Impuesto de Sucesiones, Sociedades, etc.

¿Qué deudas se pueden aplazar con Hacienda?

De acuerdo, ya tenemos una idea de qué deudas se pueden diferir: todas las deudas tributarias de carácter público cuya titularidad sea de la Agencia Tributaria. Fundamentalmente, las que se indicaban en el párrafo anterior pero que volvemos a señalar:

  • Declaración de la renta: sí, el IRPF facilita dividir la deuda en dos cuotas: la primera (el 60% del total) el 1 de julio, que deberás abonar a través de un cargo en cuenta o domiciliación bancaria; y un segundo abono (del 40% que queda) que se realizará el 5 de noviembre. Este fraccionamiento es el aplazamiento más simple, puesto que puedes solicitarlo directamente al terminar tu declaración. Y lo más favorable es que no requiere el pago de intereses.
  • La declaración trimestral del IVA: el modelo 303, considerando la suposición de Hacienda de que el IVA a declarar todavía no ha sido recaudado, también se puede posponer.
  • Impuesto de Sociedades: ¡claro, es posible también!

Sin embargo, en esta sección es necesario realizar una breve aclaración que influye en autónomos y pequeñas y medianas empresas. Si esa es tu situación, puedes aplazar deudas inferiores a 50.000€ sin requerir avales o garantías. Esta es una reciente novedad muy favorable, dado que anteriormente el tope era de 30.000€. ¿Lo ves? El mundo no siempre avanza en negativo. De acuerdo, en términos generales, sí. Sin embargo, hay ocasiones en las que nos topamos con ligeras mejoras como esta que, sinceramente, merecen ser festejadas (¡chupito!).

Persona encadenada a una fajo de billetes representando las deudas con Hacienda

Ya hemos examinado las deudas que podemos postergar, ¡genial! Ahora hablemos de las que NO podemos postergar, ¡vaya, vaya!

  • Deudas de sellos: Si tienes deudas por sellos o timbres fiscales, no podrás retrasar ese pago. No es la situación más habitual, la verdad.
  • Retenciones e ingresos a cuenta: Si eres quien debe retener impuestos de terceros (como en el caso de ser un empleador que descuenta el impuesto sobre la renta de sus trabajadores), no tienes la opción de posponer el abono de esos impuestos retenidos a la Agencia Tributaria.
  • Deudas en caso de quiebra: Si una compañía se encuentra en quiebra, existen determinadas obligaciones con Hacienda que deben saldarse antes que otras (son lo que se conoce como «créditos contra la masa», vaya nombrecillo), y estas obligaciones no pueden ser postergadas.
  • Recuperación de ayudas de Estado: Si has obtenido subvenciones del Estado que debes reintegrar en algún momento, no podrás posponer el pago.
  • Deudas de resoluciones desfavorables: Si has sostenido un conflicto con Hacienda y has salido perdedor, las obligaciones que surjan de ese fallo adverso no pueden ser aplazadas, sobre todo si los pagos ya habían sido suspendidos durante el proceso judicial.
  • Tributos repercutidos: Si tienes impuestos que deberían haber sido abonados legalmente por otra persona o entidad, pero no se han saldado, no estás en posición de posponer el pago de estos impuestos a menos que puedas evidenciar que efectivamente no se te ha realizado el pago.
  • Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades: Si eres una compañía y necesitas realizar pagos parciales del Impuesto sobre Sociedades, no tienes la opción de posponer estos pagos.

¿Cómo solicitar el aplazamiento de deuda?

Todo varía según el tipo de deuda que poseas. Aquí no podremos abordar cada situación específica, pero podemos indicarte que, como regla general, el sitio web de la Agencia Tributaria te ofrece la posibilidad de solicitar el aplazamiento de tu deuda.

Lo habitual es que tengas la opción de pedir el aplazamiento de la deuda en el instante en que has presentado el modelo específico. Algo así como: “mira, estoy cumpliendo con mis responsabilidades fiscales al presentar este modelo en el plazo asignado. Ha resultado en un pago, pero no puedo hacer frente a dicho importe”. En términos generales, tendrás la opción de aplazamiento en este siguiente enlace de la Agencia Tributaria.

Al realizar este proceso, la Agencia Tributaria te solicitará una serie de información, como tu cuenta bancaria, el número de los aplazamientos… e incluso podría preguntarte el motivo del aplazamiento.

Personas preocupadas por una deuda que tienen con la Agencia Tributaria

¿Cómo funciona el aplazamiento de una deuda con la AEAT?

Como mencionamos en el párrafo previo, puedes realizarlo en línea desde la comodidad de tu hogar al momento de presentar el modelo específico. Generalmente, en tu solicitud te solicitarán lo siguiente:

  • Papeleo necesario. Aunque a nadie le agrada el trámite administrativo, deberás reunir ciertos documentos. Requerirás algo que pruebe que te encuentras en dificultades financieras, como un aval de una entidad bancaria o una sociedad de garantía recíproca, así como otros papeles que evidencien tu estado financiero. Asimismo, si alguien actúa en tu nombre, necesitarás los documentos que lo validen.
  • Revisión de tu solicitud. Cuando hayas enviado todo, alguien en la AEAT empezará a evaluar tu solicitud, comprobando tu carencia de liquidez y si las garantías que ofreces son adecuadas. En este periodo, deberás continuar abonando las cuotas que hayas sugerido.
  • Respuesta de Hacienda. La AEAT te proporcionará una respuesta concreta sobre la aprobación o rechazo de tu solicitud, indicando de qué forma y en qué fecha deberás realizar el pago. Si no sigues lo estipulado, la AEAT reanudará el procedimiento para exigir el cobro de la deuda, ya sea en su totalidad o en parte.

Y si no coincides con la respuesta, siempre tienes la opción de presentar una queja o apelación.

¿Qué intereses tiene el aplazamiento de deuda con Hacienda?

Como normal general, la tasa de interés de demora a partir del 2023  es del 4,0625%. El año pasado era del 3,75%, por lo que esto no representa una mejora. Este interés se calcula sobre el monto de la deuda que posees y que deseas postergar.

En cualquier caso, según cada situación, pueden aplicarse otros recargos extras por el aplazamiento. En tal situación, la propia Hacienda debería informarte sobre su precio.

En cualquier situación, la Agencia Tributaria dispone de una calculadora online para entender claramente cuáles serán los intereses que deberás abonar. Pulsa aquí para acceder.

No te preocupes, TaxDown está presente para asistirte.

Entendemos que lidiar con Hacienda puede ser complicado y aburrido, por eso estamos aquí para asistirte en cada paso. En TaxDown nos hemos comprometido a que la burocracia sea algo accesible para todos, así que si requieres un apoyo que te guíe en este trámite, puedes contar con nosotros.

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