Deducciones Autonómicas de Aragón en la Renta 2025 | tax-down
Las deducciones autonómicas son como esos diminutos tesoros ocultos en tu declaración de impuestos. Dependiendo de la comunidad autónoma donde residas, puedes descubrir diversas ventajas fiscales. ¡Y atención! Cada comunidad tiene sus propias maravillas. Aunque parecen ayudas menores, pueden hacer una gran diferencia en tu declaración.
Claro, comentamos que algo que parecía complicado de gestionar, ¡termine siendo devuelto! Aquí te relato todo lo que necesitas conocer sobre las deducciones autonómicas en Aragón. ¡Vamos a ello!
La escala autonómica de Aragón
Lo primordial que debes saber es la escala autonómica de Aragón, dado que esta tabla te indica cuánto deberás abonar en la declaración de la renta dependiendo de tus ingresos. A mayor cantidad que percibas, mayor será el porcentaje que debas pagar, y las deducciones se calcularán en función de esto.
Base liquidable hasta | Cuota íntegra | Resto base liquidable | Tipo |
---|---|---|---|
0 | 0 | 13.072,50 | 9,5% |
13.072,50 | 1.241,89 | 8.137,50 | 12% |
21.210 | 2.218,39 | 15.750,00 | 15% |
36.960 | 4.580,89 | 15.540,00 | 18,5% |
52.500 | 7.455,79 | 7.500,00 | 20,5% |
60.000 | 8.993,29 | 20.000,00 | 23% |
80.000 | 13.593,29 | 10.000,00 | 24% |
90.000 | 15.993,29 | 40.000,00 | 25% |
130.000 | 25.993,29 | En adelante | 25,5% |
las deducciones fiscales autonómicas de Aragón
Por el nacimiento/adopción de un tercer hijo o más.
¿Qué es?
Una deducción destinada a individuos que hayan tenido/adoptado un tercer hijo o más.
Cantidad que puedes deducirte.
500 euros, en términos generales, por cada hijo que nazca o sea adoptado durante el año fiscal que sea el tercer hijo o posteriores del declarante.
600 euros por cada uno de los hijos mencionados previamente, cuando, además, la totalización de las bases imponibles general y del ahorro de la declaración, descontando el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes no exceda de:
21.000 euros en declaración única.
35.000 euros en declaración conjunta.
Requisitos.
En esta situación, existen varios requisitos:
- La deducción solo podrá aplicarse en el ejercicio fiscal en el que ocurra el nacimiento o la adopción.
- La deducción será asignada al contribuyente que viva con el hijo nacido o adoptado en la fecha de devengo del impuesto (generalmente, el 31 de diciembre).
- Cuando los descendientes que permitan la deducción vivan con más de un declarante, la cantidad de la deducción se dividirá en partes iguales.
Por nacimiento o adopción de un hijo con una discapacidad del 33% o más.
¿Qué es?
Una deducción para aquellas personas que cuenten con un hijo que tenga una discapacidad del 33% o superior.
Cantidad que puedes deducirte.
200 euros, por cada hijo que nazca o sea adoptado durante el ejercicio fiscal.
Requisitos.
- Es importante que el grado de discapacidad sea igual o superior al 33%, puesto que de lo contrario, no se tiene el derecho a utilizar esta deducción.
- Asimismo, si el hijo/a vive con más de un contribuyente, la suma se dividirá en partes iguales.
- Y finalmente, esta deducción es compatible con la anterior, que se refiere al nacimiento o adopción del tercer hijo o más.
A través de la adopción internacional de menores.
¿Qué es?
Una deducción por la adopción de niños provenientes del extranjero.
Cantidad que puedes deducirte.
Podrás deducir 600 por cada hijo adoptado o 720 cuando se aplique el régimen de tributación diferenciada.
Requisitos.
- Se define como adopción internacional aquella que ha sido debidamente formalizada (de acuerdo con la legislación vigente y conforme a los Tratados y Convenios ratificados por España).
- Si el menor vive con ambos padres adoptivos, la cantidad se divide de manera equitativa.
- Asimismo, esta deducción es compatible con las anteriores, como la del tercer hijo o posteriores, grado de discapacidad, y la siguiente.
Por el nacimiento/adopción del 1.er/2º hijo en localidades con menos de 10.000 habitantes.
¿Qué es?
Una deducción por contar con un hijo en aquellas localidades con menos de 10.000 habitantes.
Cantidad que puedes deducirte.
- 100 euros por el nacimiento o la adopción, a lo largo del ejercicio, del primer hijo.
- 150 euros debido al nacimiento o adopción, durante el período, del segundo hijo.
- 200 y 300 euros, respectivamente, por el nacimiento o adopción del primer o segundo hijo cuando la cifra resultante de la adición de la base imponible general y la base imponible del ahorro de la declaración, no supere las siguientes cantidades:
- 23.000 euros en declaración única.
- 35.000 euros en declaración conjunta.
Requisitos
- Esta deducción únicamente es válida en el ejercicio fiscal en el que ocurra el nacimiento o la adopción.
- Asimismo, si el hijo/a vive con más de un contribuyente, las cantidades se dividen por partes iguales.
- Solo podrán acceder a ella aquellas personas que hayan vivido en localidades con menos de 10.000 habitantes durante el año del nacimiento/adopción y el anterior.
- Y finalmente, esta deducción no es compatible con la de nacimiento/adopción de un hijo que tenga una discapacidad del 33% o más.
Por costos de guardería para niños menores de 3 años.
¿Qué es?
Una deducción para dichos gastos de conservación.
Cantidad que puedes deducirte.
Puedes deducirte un 15% de lo que hayas invertido en guarderías o centros de atención infantil con un tope de 250 euros, por cada menor registrado en esos centros de cuidado o guarderías, antes de que llegue a cumplir 3 años de edad. O 125 euros, por cada niño registrado en esos centros o guarderías, durante el ejercicio fiscal en el que el menor alcance los 3 años de edad.
Requisitos.
- Es fundamental que los gastos se destinen a los hijos que sean menores de 3 años.
- En la situación de poseer la custodia compartida, la cantidad de la deducción se dividirá entre ambos progenitores. Y en caso de que no poseas la custodia, no podrás beneficiarte de la deducción.
- En esta situación, la combinación de la base general y del ahorro no debe exceder:
- 35.000 en la declaración personal.
- 50.000 en la conjunta.
- Asimismo, el monto del ahorro no puede exceder los 4.000 en ningún caso.
Por la compra de libros de texto y útiles escolares.
Qué es?
Una reducción por gastos educativos.
Cantidad que puedes deducirte.
El 100% de las sumas asignadas por el contribuyente a los siguientes propósitos:
La compra de libros de texto para sus hijos, que estén destinados a Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
La compra de útiles escolares para Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
Requisitos.
- Tu base gravable debe ser menor a 12.500 en la declaración individual o 25.000 en la declaración conjunta. O de 30.000 y 40.000 respectivamente para las familias numerosas.
- Asimismo, deberás justificar estos gastos a través de facturas o recibos.
Debido a que tiene más de 70 años.
¿Qué es?
Una reducción para las personas que superan los 70 años.
Cant
idad que puedes deducirte.
Puedes deducir 75, siempre que tus ingresos no provengan únicamente de inversiones.
Por ejemplo, no podrás hacer uso de esta deducción si únicamente recibes ingresos por los intereses que te proporciona el banco. No obstante, si cuentas con una pensión, sí puedes beneficiarte de ella.
Requisitos.
- El contribuyente debe tener 70 años o más.
- La combinación de la base imponible general y del ahorro no debe exceder los 23.000 en la declaración individual, ni los 35.000 en la conjunta.
Por la atención de individuos que requieren asistencia.
¿Qué es?
Una deducción para individuos que tengan bajo su responsabilidad a una persona dependiente.
Cantidad que puedes deducirte.
La suma que podrás administrarte es de hasta 300, distribuida según el número de individuos que la protejan.
Requisitos.
- La persona a la que se le brinda cuidado no puede tener ingresos superiores a 8.000 (salvo aquellos que están exentos).
- El cuidado de la persona debe haber durado, al menos, la mitad del año, y tu base imponible tiene que ser inferior a 21.000 en declaración individual y 35.000 en la conjunta.
- Si varias personas tienen la facultad de acogerse a esta deducción, se dividirá en partes iguales.
Por la compra o restauración de la residencia habitual en áreas rurales
¿Qué es?
Se trata de una deducción para quienes hayan adquirido o renovado su residencia habitual.
Cantidad que puedes deducirte.
La deducción es del 7,5% de lo que hayas abonado en la adquisición/renovación de la vivienda ese año.
Requisitos.
- Debes tener menos de 36 años.
- La casa debe ser la primera propiedad que adquieres y ser tu hogar permanente.
- La vivienda debe localizarse en un núcleo agrario o similar de menos de 3.000 habitantes.
- Tu base gravable es inferior a 21.000, o sea, que más o menos obtengas menos de 23.000.
La vivienda tuvo que adquirirse tras el 1 de enero de 2012.
Por la compra de una vivienda habitual para victimas del terrorismo.
¿Qué es?
Es una deducción destinada a aquellos individuos que adquieren una propiedad para convertirla en su residencia habitual, pero únicamente si ellos o algún integrante de su familia inmediata (esposo, pareja de hecho o descendientes) son reconocidos como víctimas del terrorismo.
Cantidad que puedes deducirte.
Puedes deducir un 3% de lo que has pagado en el año por la adquisición de tu casa, con un tope de 9.040.
Requisitos.
- El hogar que debe estar incluido en alguna categoría de protección pública.
- Los contribuyentes o sus familiares directos deben ser considerados como víctimas del terrorismo.
Por alquilar una residencia habitual para acciones de entrega en pago.
¿Qué es?
La dación en pago de un inmueble implica ceder al banco la vivienda que está hipotecada para que la obligación financiera se extinga por completo. En otras palabras, el deudor (quien es el dueño de la vivienda) entrega al acreedor, que es el banco, el inmueble, de tal manera que la deuda quede saldada.
Cantidad que puedes deducirte.
Puedes deducirte el 10% de los desembolsos realizados durante el año fiscal.
Requisitos.
El máximo es de 4.800 anuales.
- Solo se considera si la residencia habitual se cede para saldar la totalidad de la obligación pendiente del préstamo hipotecario, y esté establecido en un contrato de alquiler con opción de compra.
- La base gravable general y del ahorro no debe exceder de 15.000 en la declaración personal, ni 25.000 en la conjunta.
- Es necesario realizar el depósito de la fianza del arrendamiento de la vivienda a favor del ente encargado.
Por alquilar una vivienda social.
¿Qué es?
Si pones en alquiler una vivienda destinada al gobierno de la Comunidad de Aragón para su uso como residencia social, cuentas con una deducción para ti.
Cantidad que puedes deducirte.
Te puedes deducir el 30% del tributo que te toca abonar por los ingresos que generas al arrendar la vivienda.
Requisitos.
- El contribuyente tiene que proporcionar una o varias viviendas al Gobierno de Aragón.
Por aportaciones ecológicas, de investigación y avance científico y tecnológico.
¿Qué es?
Es una deducción por hacer aportaciones a entidades con objetivos ecológicos.
Cantidad que puedes deducirte.
Podrás
reducir el 20% de las aportaciones a organizaciones con un propósito ecológico, aunque no se acepta cualquier tipo.
El tope de esta deducción es de 10% del impuesto autonómico que debas abonar. En otras palabras, abonarás un 10% menos de lo que corresponda en la cuota autonómica del IRPF.
Requisitos.
- Las entidades deben ser sin fines lucrativos (recogidos en la legislación), y cuyo propósito sea proteger el medio ambiente, la investigación y el desarrollo científico y técnico, y que estén registradas en los registros de la Comunidad de Aragón.
- Estas organizaciones también pueden ser organismos y entidades públicas de la Comunidad de Aragón.
Por colocar fondos en títulos en el Mercado Alternativo Bursátil.
¿Qué es?
Es una reducción fiscal por invertir en acciones de organizaciones que coticen dentro del Mercado Alternativo Bursátil.
Cantidad que puedes deducirte.
La deducción es del 20%, con el límite de 10.000 euros.
Requisitos.
- Tienes que mantener las acciones durante al menos 2 años.
- La participación no debe exceder el 10% del capital social de la sociedad.
- La comunidad debe poseer su domicilio fiscal en Aragón.
- Asimismo, la empresa no tendrá como actividad primordial la administración de un patrimonio.
- Y, finalmente, esta deducción no es compatible para las mismas inversiones con las deducciones por inversión en acciones de empresas emergentes y por inversión en entidades de economía social.
Por invertir en acciones o en participaciones sociales de instituciones novedosas o de reciente establecimiento.
¿Qué es?
Es una reducción para individuos que compren acciones o participaciones de compañías no listadas que tengan operaciones económicas.
Cantidad que puedes deducirte.
La deducción es del 20% con el límite de 4.000. Podrás beneficiarte de la deducción en el año en que se establezca o cuando la compañía realice una ampliación de capital, siempre y cuando dicha ampliación ocurra dentro de los 3 años posteriores a la fecha de su creación.
Requisitos.
- La inversión debe ser el año que se crea o en una expansión de capital, siempre se realice en los 3 años posteriores a su creación.
- Es necesario sostener la inversión por más de 3 años y menos de 12.
- No se podrá contar con más de el 40% del capital social de la entidad ni sus derechos de voto, ni de manera individual ni en conjunto con tu cónyuge, o familiar.
- No se podrán considerar acciones de una compañía a través de la cual llevabas a cabo la misma actividad anteriormente con otro propietario.
- Tendrás la opción de integrarte al consejo de administración, sin embargo, no podrás desempeñar funciones ejecutivas ni de liderazgo, ni formar parte del personal de la sociedad.
Por destinar recursos a entidades de economía social.
¿Qué es?
Una deducción por realizar inversiones en organizaciones de economía social.
Cantidad que puedes deducirte.
Puedes deducirte el 20% del total que inviertas, con un límite de 4.000.
Requisitos.
No podrás contar con más de el 40% del capital social de la organización ni sus derechos de voto, ni de forma individual ni en conjunto con tu esposo/esposa, o familiar.
Y en lo que respecta a la entidad, debe satisfacer los siguientes requisitos:
- La organización tiene que ser de economía social de acuerdo a la Ley.
- Tiene que tener su domicilio fiscal y social en Aragón.
- Debe tener al menos una persona contratada con contrato de trabajo y a tiempo completo, y registrada en la Seguridad Social.
- Estos criterios deben ser satisfechos dentro de un lapso de 5 años como mínimo.
- Las actividades que permiten obtener ventaja de la deducción deben estar documentadas en escritura pública.
- Esta deducción es incompatible con la deducción mencionada anteriormente y la de por inversión en el mercado alternativo de valores.
Por asentamiento en localidades de acuerdo con la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón.
¿Qué es?
Es una inferencia para individuos que vivan en asentamientos rurales con peligro máximo de despoblación en el seno de la comunidad de Aragón.
Cantidad que puedes deducirte.
La deducción es de 600 si a lo largo del año natural y en los 4 sucesivos, vives en núcleos rurales con alto riesgo de despoblación.
Requisitos.
- En esta situación, la adición de la base general y del ahorro no puede exceder:
- 35.000 en la declaración personal.
- 50.000 en la colectiva. En esta situación, la deducción se efectúa para cada uno de los contribuyentes que reúnan las condiciones necesarias.
- Además, la cantidad del ahorro no puede sobrepasar los 4.000 en ningún caso.
Por gastos en clases de asistencia o refuerzo.
¿Qué es?
Se trata de una deducción por costos en clases de apoyo o refuerzo de asignaturas objeto de enseñanza en Educación Infantil, Educación Básica Obligatoria y Formación Profesional Básica.
Cantidad que puedes deducirte.
El 25% de lo que hayas invertido.
Requisitos
Existen diversos límites que no deberías exceder, dependiendo del tipo de imposición o si perteneces a una familia numerosa. Te los mostramos mediante tablas, ya que se comprenden mejor así:
Declaración conjunta
Base imponible total Mínimo por descendiente | Límite por hijo/a |
Hasta 12.000 | 200 |
+12.000 hasta 20.000 | 100 |
+20.0000 hasta 25.000 | 80 |
Declaración individual
Base imponible total Mínimo por descendiente | Límite por hijo/a |
Hasta 6.500 | 100 |
+6.500 hasta 10.000 | 80 |
+10.0000 hasta 12.500 | 50 |
Declaración conjunta de familia numerosa
Base imponible total Mínimo por descendiente | Límite por hijo/a |
Hasta 40.000 | 300 |
Declaración conjunta de familia numerosa
Base imponible total Mínimo por descendiente | Límite por hijo/a |
Hasta 30.000 | 300 |
Aparte de estas restricciones, se debe considerar los justificantes de pago de los libros y las clases.
La deducción disminuirá por el monto de cualquier beca o ayuda que hayas percibido a lo largo del año fiscal, ya sea del Gobierno de Aragón o de otra entidad pública. Esta disminución se aplica si las becas o ayudas obtenidas ya cubren total o parcialmente los gastos por los cuales estás tratando de conseguir la deducción.
¿De qué manera podemos asistirte?
Conocemos que todas estas deducciones pueden resultar algo confusas y difíciles de implementar, ya que muchas poseen condiciones que son difíciles de entender para las personas. ¡Pero no te inquietes! Con nuestro algoritmo somos capaces de determinar a qué deducción tienes acceso y si satisfaces los criterios o no.
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Ricardo
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