Deducción en Canarias al Restaurar Inmuebles de Interés Cultural | tax-down
¿Has realizado una inversión en la restauración o rehabilitación de un edificio considerado de interés cultural en Canarias? Si ese es el caso, puedes aprovechar esta deducción autonómica en tu declaración fiscal. A continuación, te detallamos toda la información.
¿Cuánto puedes restar?
Si has efectuado desembolsos para restaurar, rehabilitar o arreglar propiedades registrados en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural, puedes deducirte el 10% de las cantidades invertidas.
Este beneficio se extiende igualmente si:
- La propiedad está incorporada en una declaración de Bien de Interés Cultural, o
- Las obras han sido autorizadas por el cabildo insular o el ayuntamiento correspondiente.
Importante: La suma de esta deducción no debe exceder el 10% de tu cuota íntegra autonómica. Asimismo, si agregas esta deducción a otras vinculadas con inversiones en la vivienda habitual, el límite total combinado será de 15% de la cuota íntegra autonómica.
Requisitos para poder solicitar la deducción
Para aprovechar esta deducción, asegúrate de satisfacer lo siguiente:
- Que el inmueble esté correctamente registrado como Bien de Interés Cultural o posea la autorización necesaria para las obras.
- Que los pagos efectuados sean exclusivamente para labores de restauración, rehabilitación o conservación del edificio.
Requisitos de documentación
Para respaldar esta deducción, requerirás:
- Un documento que valide que la propiedad está registrada como Bien de Interés Cultural o incorporado en la declaración pertinente.
- Permisos otorgados por el cabildo insular o el municipio, si es que resulta imprescindible.
- Comprobantes y recibos de los pagos efectuados por las obras.
Cómo implementar la deducción
Para agregar esta deducción en tu declaración de impuestos:
- Ve al apartado de deducciones autonómicas de Canarias, en las casillas 916 a 945.
- Verifica que el monto total de esta deducción, junto a otras deducciones por inversiones en residencia habitual, no exceda el 15% de tu cuota íntegra autonómica.
- Asegúrate de que los pagos efectuados satisfacen los requisitos solicitados.
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