Deducción por acogimiento familiar de menores [Cantabria] | tax-down
Si has recibido a niños en tu casa, ya sea de manera temporal o definitiva, puedes aprovecharte de una deducción autonómica en Cantabria. A continuación, te detallamos cuánto puedes descontar y las condiciones necesarias para beneficiarte de este incentivo tributario.
¿Cuánto eres capaz de deducir?
- 240 euros por cada niño acogido a lo largo del año.
- Si has recibido a varios menores al mismo tiempo, puedes deducir. 240 euros por cada uno, con un tope máximo de 1.200 euros anuales.
- También aplica a personas ex-acogedoras: Si resides con un adulto que estuvo bajo tu cuidado hasta alcanzar los 18 años, puedes solicitar la deducción, siempre y cuando se cumplan las condiciones del mínimo por descendientes.
Requisitos para solicitar la deducción
- El acogimiento puede ser: Simple o permanente, tanto de naturaleza administrativa como judicial.
- No debe haber relación de parentesco entre el cálido y el menos recibido.
- Si la acogida es llevada a cabo por una pareja (cónyuges, pareja de hecho o pareja no formalizada), la deducción se fracciona. a partes iguales en la eventualidad de hacer declaraciones individuales.
Requisitos de documentación
- Resolución administrativa o judicial que valide el acogimiento.
- Certificado de convivencia si utilizas la deducción por un ex-acogido que ya ha alcanzado la mayoría de edad.
- Justificantes de que no existe relación de parentesco.
Es esencial conservar toda esta documentación para respaldar la deducción en caso de que se realice una revisión por parte de la Agencia Tributaria.
Cómo implementar la deducción
Es posible realizar esta deducción en la sección de deducciones autonómicas de Cantabria, particularmente entre las Casillas 946 a 956 de tu declaración de impuestos. Asegúrate de comprobar que toda la información es precisa y de que cumples con los criterios.
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