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Fiscalidad y Tributación de las Cripto en España [2025] | tax-down

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Bitcoin, Ethereum, Solana Cada vez más personas están poniendo su dinero en criptomonedas, pero lo que muchos pasan por alto es que Hacienda también quiere su parte. Para prevenir imprevistos, es esencial entender cómo opera la fiscalidad y tributación de criptomonedas en España.

En este artículo te mostramos de manera sencilla cómo impacta el IRPF a las criptomonedas cuando el propietario es un individuo que no utiliza estas en el marco de una actividad comercial. Si eres una sociedad o te ocupas de manera profesional en la compraventa o extracción de criptoactivos, las normativas son diferentes. ¡Vamos al grano!

Cómo opera la tributación de las criptomonedas en España

Al igual que sucede con otros activos, en el caso de las criptomonedas es posible obtener beneficios mientras se posee, así como también al transferirlas.

De manera lógica, en las dos situaciones hay que tributar por el beneficio que se adquiera, pero al ser de carácter distinto, la manera de expresarlo también cambia. Por eso lo examinaremos a continuación de forma independiente.

Impuestos sobre la venta de criptomonedas

Desde la perspectiva fiscal, lo primordial al momento de vender criptomonedas es establecer si se ha producido una ganancia o una pérdida patrimonial. Esto se logra realizando la resta:

  • El valor de transmisión, que se compone del precio de venta menos los gastos asociados a la operación.
  • Y el valor de adquisición, que abarca tanto el costo de adquisición como los gastos enfrentados en ese instante.

Por ejemplo:

Imaginemos que decides invertir 1.000 euros en Bitcoin y esa adquisición conllevaba unos costos de 50 euros. Después de un tiempo, vendes por 2.000 euros menos 100 de costos.

En esta situación, el valor de transmisión sería de 1.900 euros (2.000 – 100) y el de adquisición 1.050 (1.000 + 50), lo que resultaría en una ganancia patrimonial de 850 euros.

Es debido a esta necesidad de evaluar los gastos que nos referiremos a los valores de adquisición y de transmisión en lugar de mencionar los precios de compra y de venta, ya que los primeros los abarcan, mientras que los segundos no lo hacen.

Así que, considerando esto, en cualquier transacción pueden presentarse tres situaciones distintas, cada una con diferentes implicaciones fiscales:

1. Que el valor de transmisión sea idéntico al de adquisición, en cuyo caso no conseguirás ni beneficio ni pérdida.

2. Que las monedas digitales se vendan por un precio inferior al de su compra, perdiendo dinero en la transacción (a pesar de que no lo deseemos, en muchas ocasiones es inevitable). Estas pérdidas pueden ser equilibradas con otros beneficios de la siguiente forma:

Primero que nada, con otras ganancias de capital obtenidas durante el ejercicio, sin importar el activo de origen. Es decir, se pueden deducir de los beneficios generados en transacciones con otras criptomonedas o con la venta de una propiedad, por mencionar un caso.

  • Si después de esta etapa todavía persiste un saldo negativo, se podrá compensar con las ganancias del capital mobiliario de la base del ahorro (como por ejemplo, intereses de cuentas con rendimiento, dividendos o recompensas de staking) con el límite del 25%.
  • Y si aún persiste un saldo negativo, se podrá ajustar en las declaraciones de los cuatro años subsecuentes respetando el mismo orden.

3. Que se vendan por un precio superior al de su compra (que es lo que todos deseamos, por supuesto). Aquí se logra un beneficio que la Agencia Tributaria considera como un apetitoso pastel del cual desea un pedazo. En este contexto, debes considerar lo siguiente:

  • Si decides vender una porción de tu cartera de una misma criptomoneda, recuerda que Hacienda exige aplicar el método FIFO, esto significa que la criptomoneda que estás comercializando se refiere a la primera que adquiriste.
  • Una vez que se haya establecido el beneficio de la operación, deberás llevar a cabo las compensaciones con otras. pérdidas patrimoniales generadas en el ejercicio o en los cuatro anteriores, así como con los ingresos negativos del capital mobiliario (con el límite, en este segundo caso, del 25%).
  • Si tras las compensaciones el saldo es positivo constituirá una sección del fondo de ahorro, que se grava utilizando la tarifa siguiente:
Tramo de gananciasHasta qué cantidadTipo impositivo
06.00019%
6.00050.00021%
50.000200.00023%

200.000
300.00027%
300.000En adelante28%

Este mismo régimen tributario se aplica igualmente si, en lugar de una venta, ocurre un intercambio, es decir, se sustituyen ciertos activos digitales por otros (por ejemplo, intercambias BTC por ETH).

Impuestos sobre la generación de intereses y beneficios

Hay instituciones que ofrecen intereses si decides depositar tus criptoactivos en ellas. Y su tratamiento es igual al que se da a los intereses obtenidos por cualquier otro concepto (como un depósito a plazo en una entidad bancaria, por poner un ejemplo): constituyen parte de la base imponible del ahorro (como ingresos del capital mobiliario), por lo que están sujetos a los porcentajes mencionados en el apartado previo.

Si en cambio, has obtenido Airdrops (como por ejemplo, recompensas por finalizar cursos sobre determinadas criptomonedas en varios exchanges), estas serán consideradas ganancias patrimoniales no generadas por transmisión, que se gravarán en la base general al mismo tipo impositivo que tu salario. En otras palabras, pagarás más impuestos por esto.

Imposición fiscal de la simple posesión de criptomonedas

Las criptomonedas son bienes intangibles que poseen un valor monetario y, por lo tanto, deberás incluirlas en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio junto con el conjunto de tus bienes y derechos si tienes la obligación de tributar por este.

Responsabilidad de informar por posesión de criptomonedas

La simple posesión de criptoactivos solo es necesario declararla si se superan los límites establecidos para el impuesto sobre el patrimonio. Del mismo modo, si al 31 de diciembre tenías más de 50.000 en criptomonedas en un intercambio extranjero, deberás presentar el modelo 721. No te alarmes, ya que por este último no se abonan impuestos, puesto que se trata de un modelo informativo.

Trazabilidad

Finalmente, es esencial aclarar la trazabilidad. Si has operado en múltiples plataformas (por ejemplo, si has empleado wallets descentralizadas como Metamask, o varios exchanges como Binance y Coinbase), es crucial contar con un informe fiscal elaborado por un agregador como CoinTracking, Koinly o Zenledger.

Analicemos un caso práctico: En noviembre de 2023, adquieres 1 BTC por 1.000 euros en Coinbase. En febrero de 2024, envías ese BTC a Binance. En marzo de 2024, comercializas ese mismo BTC en Binance por 3.000 euros. De acuerdo al método FIFO, tu utilidad sería: 3.000 (venta) – 1.000 (compra) = 2.000 de utilidad.

Si empleas únicamente el informe tributario de Binance (o cualquier otro exchange), la plataforma no tiene conocimiento de cuándo, dónde, ni a qué costo adquiriste ese BTC en un inicio. Binance presume que el precio de adquisición es 0, lo que ocasiona que te proporcione una ganancia errónea de 3.000 euros en vez de los 2.000 euros reales.

La trazabilidad implica registrar, analizar y ajustar toda la información vinculada a tus transacciones cripto para garantizar su precisión. Sin una trazabilidad efectiva, tus datos podrían tener errores o registros incompletos, lo que influiría en el cálculo de tus utilidades o pérdidas.

Declara tus criptoactivos con TaxDown

Y hasta este punto con la tributación de las criptomonedas. Todo entendible, ¿verdad? Sin embargo, si te surge alguna cuestión o no te sientes del todo confiado al elaborar tu declaración de la renta, para eso estamos en TaxDown, para gestionarla por ti y asegurarte de que es correcta.

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María

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Roberto

«Decidí comenzar a invertir en acciones y criptomonedas y no tenía conocimiento de la implicación tributaria que esto conllevaría, así que aproveché la suscripción para recibir orientación…¡muy beneficioso!»

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Alicia

«tenía la intención de adquirir una vivienda y no sabía si eso tendría un impacto fiscal, y me han explicado absolutamente todo. ¡Genial!»

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Gloria

«¡la reducción en los planes trimestrales para autónomos es realmente excelente! ahora tengo todo unificado y en formato digital.»

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Ernesto

«me orientaron sobre cómo y cuándo poner a la venta mi vivienda para optimizar mis impuestos, ¡no tenía ni idea!»

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Ricardo

«casi por el mismo costo que pago por un asesor, además de la renta obtengo asistencia fiscal durante todo el año sin costo… vale la pena»

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